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¿Marihuana, que paso, que ha pasado y que pasará con su legalización?

por Alibech Hurtado
8 minutos leer

La última decisión del máximo tribunal de México invalida los artículos de la Ley de Salud que prohíben actividades relacionadas con el uso personal o consumo de cannabis, entre ellas sembrar, cultivar, cosechar, preparar, poseer y transportar.

El pasado 31 de octubre la suprema corte de justicia de la nación declaró inconstitucional la prohibición absoluta del consumo recreativo de cannabis, argumentando que “El derecho fundamental al libre desarrollo de la personalidad permite que las personas mayores de edad decidan -sin interferencia alguna- qué tipo de actividades lúdicas desean realizar”, esto al admitir dos amparos contra la prohibición absoluta de su uso

Pero, ¿En qué consiste exactamente este fallo y qué repercusiones puede tener?

La última decisión del máximo tribunal de México invalida los artículos de la Ley de Salud que prohíben actividades relacionadas con el uso personal o consumo de cannabis, entre ellas sembrar, cultivar, cosechar, preparar, poseer y transportar.

  

Durante la quinta decisión de la Suprema Corte en el mismo sentido, se creó jurisprudencia.

Es decir, todos los tribunales del país deben respetar su interpretación.

En teoría eso significa que cualquier ciudadano podrá solicitar un permiso a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) para cultivar y consumir marihuana con fines recreativos, y si la dependencia lo niega podrán recurrir a un amparo y cualquier juez debe resolver a su favor.

La SCJN, sin embargo, aclaró que el fallo se limita al cultivo y al consumo, pero no permite la comercialización de marihuana “ni utilizar otros estupefacientes o psicotrópicos”.

  

México Unido Contra la Delincuencia, una organización civil que promueve la legalización de la marihuana, consideró que la decisión de la Corte Suprema tiene un “valor fundamental” ya que abre el camino a la regulación del uso personal de cannabis en México.

La decisión de la Suprema Corte también obliga al Congreso a modificar la legislación respectiva al cultivo y consumo de la marihuana.

El siguiente paso es que la Corte notifique su decisión al poder legislativo a fin de iniciar el proceso de reforma y asegurar el respeto a los derechos de los usuarios, sin necesidad de que estos acudan a los tribunales solicitar un amparo.

El coordinador de Morena en la Cámara de Diputados, Mario Delgado Carillo, celebró la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y se pronunció por acompañarla con reformas legales en el Congreso de la Unión.

  

Agregó que lo que procede ahora es trasladar “ese criterio a la legislación y que demos un gran paso en materia de regulación “, a fin de permitir el consumo lúdico de la mariguana, a partir del autocultivo y uso personal, que son los criterios que hasta el momento permitió la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Delgado Carrillo indicó que seguramente la ministra en retiro Olga Sánchez Cordero, propuesta para ocupar la Secretaría de Gobernación en el próximo gobierno federal, “va a presentar una iniciativa en el Senado, que vamos a acompañar en la Cámara de Diputados”.

 

 

  

Morena y Movimiento Ciudadano preparan iniciativas

El coordinador del grupo parlamentario de Morena en el Senado, Ricardo Monreal, dijo que será el jueves 8 de noviembre cuando la senadora Olga Sánchez Cordero presente su iniciativa sobre regulación de uso lúdico de la mariguana.

La iniciativa sería presentada este martes, de acuerdo con la Gaceta Parlamentaria.

Por su parte, el partido Movimiento Ciudadano presentó este martes ante el Pleno del Senado una iniciativa con un proyecto de decreto que reforma la Ley General de Salud, para establecer que la Secretaría de Salud debe regular el uso lúdico de la mariguana.

  

La iniciativa presentada por la senadora Indira Kempis también incluye una reforma al Código Penal Federal, para que su artículo 198 diga lo siguiente: “la siembra, cultivo o cosecha de plantas de mariguana no será punible cuando estas actividades se lleven a cabo con fines médicos, científicos o lúdicos y recreativos”.

Para regular y controlar la mariguana, Morena busca crear cooperativas de dos y hasta 150 personas que pueden cultivar la hierba para consumirla, aunque sin autorización para comercializarla.

La iniciativa de Olga Sánchez Cordero, difundida en la Gaceta del Senado, plantea que una persona que consuma mariguana podrá hacerlo en la vía pública, sin tener ninguna consecuencia penal.

También permite el cultivo de hasta 20 plantas de cannabis por persona para autoconsumo, pero deberá registrarlas en un padrón anónimo y su producción anual no debe rebasar los 480 gramos. Si hay excedentes, deberán donarse para fines de investigación.

  

La senadora plantea crear el Instituto Mexicano de Regulación y Control del Cannabis como máxima autoridad para regular, reglamentar, monitorear, sancionar y evaluar el uso de la mariguana.

Para su uso industrial, la iniciativa autoriza la siembra, cultivo, cosecha, preparación, fabricación, producción, distribución y venta de cannabis, con permisos de cinco años para comercializarla, con opción a ampliarse, pero estará prohibido hacerle publicidad.

Las sanciones más severas para quienes violen la ley serán de 36 horas de arresto, incluso a quienes induzcan a menores al consumo o los involucren en su comercio, distribución, donación y suministro.

¿Cuáles son los lineamientos para su consumo?

  

La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) dio a conocer los lineamientos en materia de control sanitario de la cannabis y derivados de la misma, que incluye regulación para fines médicos y científicos.

El documento, explicó el comisionado federal Julio Sánchez y Tépoz, contiene disposiciones generales sobre el uso médico de la cannabis y sus derivados farmacológicos.

Asimismo, incluye criterios para comercializar, importar y exportar productos distintos a medicamentos que contengan derivados de la cannabis en concentraciones del uno por ciento o menor de THC (tetrahidrocannabinol).

Sánchez y Tépoz agregó que en los lineamientos se incluye la publicidad y promoción de los productos a base de la cannabis, además de las medidas de verificación, seguridad y sanciones que se podrían aplicar por no seguir o no cumplir con las normas aplicables en esta materia.

  

Agregó que la Copfepris, como organismo responsable de definir los lineamientos, busca con ellos proteger a la población de lo que consume.

De esa forma, anunció que realizarán foros de capacitación para cualquier interesado, sobre tarifas y el llenado de los formatos correspondientes en la obtención de permisos relacionados a los productos con o derivados de la cannabis.

Los interesados deberán presentar un documento ante la Cofepris, denominado consulta de clasificación del producto, en la que detalle las características, certificado de análisis para determinar que los ingredientes en efecto sean los que correspondan al producto y el porcentaje de THC declarado en la etiqueta.

El documento, que contiene 50 artículos, está ordenado con el primer proyecto de reglamento presentado en su segunda versión, el cual considera las sugerencias que realizó la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer).

  

Sostuvo que la Secretaría de Salud Federal, a través de la Cofepris, ha realizado las acciones necesarias para armonizar el marco normativo en materia de control sanitario de la cannabis y sus derivados.

El comisionado indicó que los lineamientos regulan lo relativo al uso médico, de investigación e industrial de la marihuana, cultivo, siembra y cosecha para esos fines.

Asimismo, explicó que no se puede otorgar autorizaciones para cultivos, siembra y cosecha para los casos de la industria del cosmético, suplementos alimenticios, alimentos o bebidas.

Hasta el momento, la Cofepris tiene 351 permisos para importación personal e individual de pacientes que requieren de productos con cannabis.

  

Además, ha otorgado 10 permisos a personas que tienen la facultad y posibilidad legal de sembrar, cosechar y cultivar la planta para fines lúdicos y recreativos en sus domicilios, con prohibición de venta hacia terceros.

Sánchez y Tépoz dijo que existen a la fecha 615 solicitudes para uso lúdico, las cuales se encuentran en diferentes procesos.

Finalmente, subrayó que se buscan acciones de prevención enfocadas a la protección de niñas, niños y adolescentes.

  

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