La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), admitió a trámite las acciones de inconstitucionalidad que promovieron, senadores, el Instituto Nacional de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), en contra de la Ley de Seguridad Interior.
El Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, instructor en los casos mencionados, ordenó notificar al Poder Ejecutivo Federal y al Congreso de la Unión, señalados como autoridades responsables en las demandas, para que rindan su informe dentro del plazo de quince días hábiles.
A fin de integrar debidamente el expediente, se requirió al Congreso de la Unión, por conducto de las cámaras de Diputados y Senadores, para que al rendir su informe envíen a la SCJN copia certificada de los antecedentes legislativos de la norma impugnada.
Dichos antecedentes deben incluir la iniciativa, los dictámenes de las comisiones correspondientes, las actas de las sesiones en las que se hayan aprobado, en las que consten las votaciones de los integrantes de ese órgano legislativo, así como los respectivos diarios de debates.
Al Poder Ejecutivo Federal se le requirió para que, en el mismo plazo, envíe a la Corte un ejemplar del Diario Oficial de la Federación en el que se publicó el Decreto por el que se expide la Ley de Seguridad Interior.