Una reforma de la Constitución Política del estado de Michoacán fue avalada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la cual aumenta el límite de la pena que se aplica por delitos locales de 40 a 50 años de prisión.
Sin embargo, situaciones como la reinserción social y el derecho a que no sean impuestas penas excesivas o prohibidas por la Constitución Federal se mantienen sin cambios.
Esta reforma se enmarca en la libertad que tienen los legisladores michoacanos para definir sus políticas de combate a los delitos cometidos en el estado, esto sin que exista en la Constitución Federal un límite de tiempo que sea un máximo para la pena de prisión.