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Podrían participar dos aspirantes a candidatos para diputados federales en Hidalgo

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Toluca de Lerdo, Estado de México.- La Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) dejó sin efectos dos oficios de las Juntas Distritales del Instituto Nacional Electoral (INE) en Ixmiquilpan y Tulancingo, a fin de flexibilizar los requisitos hacia aspirantes a candidatos independientes para diputados federales y maximizar sus derechos de participación en la contienda del próximo 6 de junio.

En cuanto al contendiente por Tulancingo, Jesús Saldívar Aldana, impugnó similar negativa de la junta distrital por no obtener la cantidad superior al 2 por ciento del listado nominal, inicialmente la propuesta de la magistrada Fernández Domínguez era sobreseer el asunto, pero el resto de los jueces admitió el caso.

Al respecto, dio cuenta de 7 mil 115 firmas de las 6 mil 51 solicitadas por la normativa; sin embargo, la autoridad invalidó mil 259 por presuntas inconsistencias en las rúbricas, por lo que faltarían sólo 195.

Entonces, los magistrados Avante y Juan Carlos Silva Adaya coincidieron en una interpretación más garantista de las disposiciones, además que ante la contingencia sanitaria es importante contemplar ajustes necesarios, por lo que igualmente puede inscribirse expresamente.

  

Respecto a Claudio Gómez Rosas, aspirante a la candidatura independiente a diputado federal    por el distrito de Ixmiquilpan, interpuso un juicio ciudadano contra el vocal ejecutivo de dicha región por el documento INE/HGO/JD02/VE/0165/2021, que precisó el incumplimiento con el requisito de dispersión de apoyo ciudadano requerido por la ley electoral vigente.

En la ponencia del magistrado, David Avante Juárez, puntualizó que descartaron su participación pese a que logró el porcentaje mínimo, aunque no de al menos la mitad de las secciones que conforman el distrito; por lo que consideraron parcialmente fundados los agravios ya que tal disposición pierde todo equilibrio, es desproporcionado e implica una barrera para los perfiles sin respaldo partidista.

“Si bien el principio de dicha porción normativa tiene un fin legítimo, también exige una carga excesiva a los aspirantes, pues se les impone a obtener un número mínimo de apoyos en una unidad geográfica muy pequeña, cuando el número de habitantes puede variar entre una sección y otra, lo que implica que el aspirante busca y obtenga sus apoyos en función de la fragmentación e integración de cada sección”.

Por mayoría, pues la presidenta, Marcela Elena Fernández Domínguez votó en contra, revocaron la respuesta de la junta distrital y concedieron la posibilidad de que soliciten su registro formalmente y sea el INE quien determine la procedencia o no de la misma.

  

Por Daniel Martínez Martínez

  

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