Se sancionará hasta con 18 años de prisión a quien induzca a menores de edad a realizar actos sexuales
Por unanimidad de votos, los legisladores del Estado de México, aprobaron tipificar el delito de pederastia en la entidad, con lo cual se establecerán sanciones de hasta 18 años de prisión a quien convenza u obligue a menores de edad a cometer actos sexuales.
La reforma al Código Penal estatal, propuesta por las bancadas del PRI y el PRD, establece que se considerará delito de pederastia, cuando alguien se aproveche de la confianza o superioridad sobre un menor de edad, por parentesco, tutela o cualquier tipo de relación y le induzca a ejecutar algún acto sexual, con o sin su consentimiento.
No obstante, se destaca que este tipo penal se aplicará también cuando la víctima, no tenga la capacidad para comprender el significado del hecho o de resistirse a él.
Además de la pena de prisión señalada, quienes cometan pederastia, perderán la patria potestad, tutela o adopción de la víctima, si utilizan la violencia, la sanción se elevará hasta una mitad y podría llegar a 27 años de prisión, además de que, si fuese servidor público, se procederá con su inhabilitación, suspensión o destitución.
Durante el análisis de las iniciativas, se destacó que México es el primer lugar de países de la OCDE en delitos sexuales contra menores de edad, pero sólo el 2% de los casos se denuncia, por lo que este tipo penal, busca proteger a las víctimas de estos hechos.
Alberto Dzib