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Ratifican: ex alcalde de Zimapán sí cometió violencia política de género

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Zimapán de Zavala, Hidalgo.-  Erick Marte Rivera Villanueva ya no es elegible a un cargo de elección popular, confirmaron la mayoría de los magistrados de la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), ya que cometió discriminación mediante actitudes paternalistas hacia la exregidora, Malinalle Xolosochtl Gamez Cedillo y generó conductas de violencia política por razón de género.

Recurrió el exalcalde de Zimapán a la siguiente instancia jurisdiccional para posiblemente revocar la sentencia del Tribunal Electoral del Estado (TEEH), la cual reafirmó que ejecutó violencia política contra la entonces asambleísta por razón de género.

En la resolución local estipularon que hubo conductas perpetradas en perjuicio de la exregidora que generaron un impacto diferenciado al interior del órgano colegiado municipal, puesto que inhibieron su participación política en materia constitucional, por lo que sancionaron con una reparación integral del derecho vulnerado, abstenerse de realizar acciones u omisiones que tengan por objeto, intimidad, molestar o dañar a la exfuncionaria.

Igualmente, imposiciones de garantía de no repetición, dieron vista a la contraloría municipal para iniciar procedimientos administrativos, así como al Instituto Estatal Electoral (IEEH) e Instituto Nacional Electoral (INE) para que incluyan a Rivera Villanueva en el listado de personas que cometieron violencia política y lo consideren en cuanto a términos de elegibilidad.

  

Inconforme, el expresidente municipal denunció que aparentemente hubo falta de imparcialidad por parte del tribunal hidalguense, indebida e inexacta valoración de las pruebas, obtención ilícita de conversaciones, incorrecta aplicación del método para juzgar con perspectiva de género, así como desproporcionalidad en los castigos.

Sin embargo, la ponencia de la presidenta, Marcela Elena Fernández Domínguez, consideró esas infracciones como infundados e inoperantes porque el fallo reunió los elementos esenciales para abordar este tipo de asuntos, esto es, atendió la metodología que habría de seguirse en estos casos, pues se perpetró por un agente de estado o superior jerárquico, asimismo, que el acto u omisión es simbólico, verbal, patrimonial, físico, psicológico, sexual.

Al respecto, el magistrado, David Alejandro Avante Juárez, no acompañó el proyecto porque a su juicio hubo una clara falta argumentativa y fundamentación por parte del tribunal de Hidalgo, ya que en el desglose es imposible detectar las causales, hipótesis, grado de participación, si fue un ilícito continuado, entre otros requisitos para la construcción de una determinada sanción, de igual forma, dijo que desvirtuaron el principio de presunción de inocencia.

Tras largo debate entre los tres jueces, por dos votos a favor y uno en contra, ratificaron que Erick Marte Villanueva incurrió en violencia política por razón de género.

  

Por Daniel Martínez Martínez

  

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