Portada » Fiscal mexiquense decidirá si víctimas de Grupo Atlacomulco dejan la cárcel

Fiscal mexiquense decidirá si víctimas de Grupo Atlacomulco dejan la cárcel

por Rafael Rodríguez
2 minutos leer

El juez penal de Primera Instancia del Distrito de Tlalnepantla, Estado de México, Felipe Landeros Herrera, esperará la autorización del fiscal General de Justicia de la entidad para sustituir la prisión preventiva oficiosa por medidas cautelares a Daniel García Rodríguez y Reyes Alpízar Ortiz, quienes han permanecido más de 17 años presos sin sentencia.

En una audiencia de más de dos horas y media, el juez otorgó al fiscal, o en su caso a quien delegue, un plazo de tres días hábiles a partir de la notificación.

García Rodríguez y Alpízar Ortiz están detenidos en el penal de Barrientos acusados del homicidio de María de los Ángeles Tamez Pérez, regidora del municipio de Atizapán de Zaragoza, ocurrido en septiembre de 2001.

Frente a los acusados que escucharon los alegatos detrás de las rejas, el padre de la víctima, abogados y agentes de la fiscalía, el juez dictó una serie de medidas en caso de que se cumpla su condicionante para sustituir la prisión preventiva.

  

La Fiscalía se allanó a la petición de la defensa a que se modificara la prisión preventiva oficiosa a una serie de medidas cautelares.

Entre ellas destaca que los acusados se deberán presentar periódicamente a las audiencias, no tener contacto con las víctimas, ofendidos y familiares, no acercarse a sus residencias, no salir de la entidad y portar un brazalete electrónico.

El impartidor de justicia sostuvo que el delito de homicidio doloso amerita prisión preventiva oficiosa, por lo que no procede la sustitución de medida cautelar, pero a petición del Ministerio Público se concede, siempre y cuando autorice el fiscal o quien delegue.

Aclaró que su resolución no determina si los acusados son o no responsables del delito que se les imputa, tampoco hay pronunciamiento sobre si hubo o no tortura o sobre si hubo detención arbitraría, porque ese no fue el objetivo.

  

La medida cautelar de prisión preventiva oficiosa se aplica cuando se trata del delito de homicidio doloso para garantizar la presencia del imputado en el proceso, es decir, que no haya fuga, así como la seguridad de las víctimas, los testigos o la comunidad, y evitar el riesgo de entorpecer la investigación y el procedimiento.

  

También puede interesarte

1 comentario

#comic books 13/02/2020 - 12:53 AM

It?ѕ nearly impossible tο find knowledgeable people ɑbout this subject, h᧐wever, yоu seem like yoᥙ know what
you?re talking aboսt! Tһanks

Responder

Quiero opinar

Para ofrecer las mejores experiencias, utilizamos tecnologías como las cookies para almacenar y/o acceder a la información del dispositivo. El consentimiento de estas tecnologías nos permitirá procesar datos como el comportamiento de navegación o las identificaciones únicas en este sitio. No consentir o retirar el consentimiento, puede afectar negativamente a ciertas características y funciones. Aceptar Ver más

--:--
--:--
  • cover
    ULTRA - Toluca, Estado de México
  • cover
    ULTRA - Puebla
  • cover
    ULTRA - Tulancingo, Hidalgo
  • cover
    ULTRA - Cadereyta de Montes, Querétaro
  • cover
    ULTRA - Huauchinango, Puebla
  • cover
    Radio Ranchito - Calvillo, Aguascalientes
  • cover
    Radio Ranchito - Michoacán, Morelia

--:--
--:--
  • cover
    ULTRA - Toluca, Estado de México
  • cover
    ULTRA - Puebla
  • cover
    ULTRA - Tulancingo, Hidalgo
  • cover
    ULTRA - Cadereyta de Montes, Querétaro
  • cover
    ULTRA - Huauchinango, Puebla
  • cover
    Radio Ranchito - Calvillo, Aguascalientes
  • cover
    Radio Ranchito - Michoacán, Morelia

--:--
--:--
  • cover
    ULTRA - Toluca, Estado de México
  • cover
    ULTRA - Puebla
  • cover
    ULTRA - Tulancingo, Hidalgo
  • cover
    ULTRA - Cadereyta de Montes, Querétaro
  • cover
    ULTRA - Huauchinango, Puebla
  • cover
    Radio Ranchito - Calvillo, Aguascalientes
  • cover
    Radio Ranchito - Michoacán, Morelia