La medida contempla de 1 a 3 años de prisión que podrían elevarse hasta a 6 años si se cometen contra grupos vulnerables y familiares
Por mayoría de votos los diputados del Estado de México aprobaron una reforma al Código Penal de la entidad para sancionar hasta con 6 años de prisión las denominadas terapias de conversión para modificar la orientación sexual o la identidad de género.
En la iniciativa se señala que este tipo de procedimientos psicológicos, psiquiátricos o religiosos, constituyen delitos contra el libre desarrollo de la personalidad y la identidad sexual, al implicar métodos crueles y violentos que afectan la integridad física y mental, por lo que se plantea sancionar a quienes sometan, coaccionen u obliguen a otro a recibir o realizar terapias de conversión.
Según el acuerdo legislativo, quienes incurran en este delito, enfrentarán de 1 a 3 años de prisión o de 25 a 100 días de trabajo comunitario y de 50 a 200 días de multa, pero la sanción podrá elevarse una mitad cuando se cometa contra sectores vulnerables y otra mitad si la persona afectada es familiar ascendente o descendente, hermano, pupilo, tutor, cónyuge, concubina o concubinario.
Aunque en días pasados organizaciones de padres de familia rechazaron la propuesta con el argumento de que ésta atenta contra el derecho de los padres a educar a sus hijos, en el recinto legislativo no hubo discusión, la bancada del PAN y una diputada del PT votaron en contra, mientras que las dos legisladoras del PES no votaron.
En la sesión colectivos de la diversidad sexual celebraron la aprobación y desde las bancadas del PRD y de Morena, se celebró la aprobación señaló que ésta representa un paso en la defensa de los derechos de la comunidad LGBTTTI y como el antecedente para que otros temas como los matrimonio igualitarios y la ley de identidad de género avancen en el Estado de México.
Alberto Dzib
@albertodzib666