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Infoem ordena a Secretaría de Finanzas cumplir su responsabilidad administrativa

por Rafael Rodríguez
2 minutos leer
  • Durante la 32ª Sesión Ordinaria del Pleno del INFOEM, reiteró a los sujetos obligados que la información
    pública no sólo es la que se administra, sino también la que se genera y se posee

Como parte de sus funciones, el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios (Infoem) emitió una orden para la entrega de información a la Secretaría de Finanzas, específicamente relacionada con casos existentes.

Durante la 32ª Sesión Ordinaria del Pleno del Infoem, el Comisionado Presidente presentó un proyecto de resolución en relación con un caso en el que la dependencia del Poder Ejecutivo inicialmente negó la entrega de información a un solicitante, indicándole que debía presentar una nueva solicitud ante la Secretaría de la Contraloría.

La Comisionada Sharon Morales Martínez, en respuesta a esta situación, señaló que la Oficina de Información Gubernamental (OIC) de la Secretaría de Finanzas tiene la responsabilidad de investigar estas solicitudes y, por lo tanto, genera la información necesaria.

Por su parte, la Comisionada Guadalupe Ramírez Peña opinó que la normatividad aplicable en este caso era clara, ya que la OIC está adscrita a la Secretaría de Finanzas, y esta última asigna presupuesto para el cumplimiento de sus funciones.

  

La Comisionada María del Rosario Mejía Ayala destacó que no había razón para no entregar la información, ya que esta estaba disponible. Además, mencionó que se llevaron a cabo múltiples reuniones con la Secretaría de la Contraloría, y la decisión unánime fue que no era necesario realizar un proceso complicado para que el solicitante tuviera acceso a la información de manera oportuna.

Finalmente, el Comisionado Luis Gustavo Parra Noriega enfatizó que la Secretaría de Finanzas intentó retrasar la entrega de información argumentando aspectos técnicos, a pesar de que la restricción del acceso a la información solo se justifica cuando hay daño al interés público o se afectan derechos de terceros.

  

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