Comisiones legislativas hicieron la corrección a la ley de 2021 que la SCJN consideró como inconstitucional por falta de claridad
Los diputados del Estado de México, aprobaron en comisiones la emisión de la llamada “Ley Ingrid” a nivel estatal, con la cual se sancionará penalmente la difusión de imágenes o vídeos de cadáveres.
Esta ley, ya había sido aprobada en el estado en 2021, pero la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), consideró que su redacción era poco clara y podía prestarse a interpretaciones equivocadas al momento de hacer una acusación.
El nuevo dictamen contempla la corrección señalada por la Corte y establece que el delito se sancionará cuando una persona sin fines educativos, informativos o preventivos, difunda fotografías o vídeos de cadáveres, en las que se dañen la dignidad de las víctimas o sus familias.
La sanción que se incluirá en el Código Penal local una vez que se apruebe en el pleno, contempla de 4 a 8 años de prisión y multa de 51,870 a 103 mil 740 pesos (500 a 1000 UMAs).
Establece también que si el delito se comete por servidores públicos de las áreas de salud, procuración de justicia, seguridad o protección civil, la sanción será de 3 a 7 años de prisión.
En cualquier caso, las sanciones se incrementarán hasta una mitad si el delito se comete en perjuicio de menores de edad, mujeres o personas en situación de vulnerabilidad.
Alberto Dzib