La pena original es de 3 a 6 años, pero se establecerán agravantes cuando las víctimas sean mujeres y cuando la acción la cometan servidores públicos
Quien registre y difunda indebidamente imágenes, archivos o información de cadáveres o lesiones vinculados con una investigación penal en el Estado de México, podría enfrentar hasta 11 años de prisión, de acuerdo con la reforma al Código Penal que este jueves aprobó el Congreso local y a la que también se le conoce como “Ley Ingrid”.
La modificación avalada por unanimidad, establece una pena de 3 a 6 años, por la conducta señalada, sin embargo, prevé una agravante de la mitad de la sanción cuando ésta se cometa en perjuicio de niñas, adolescentes o mujeres y otra más de un tercio de la pena, cuando los responsables sean servidores públicos, por lo que se podrían dictar hasta 11 años de cárcel.
La sanción a este nuevo tipo penal en la entidad, también prevé una multa de 4 mil 481 a 8 mil 962 pesos, en la que se aplicarían los mismos criterios de incremento por agravantes.
Las legisladoras, Araceli Casasola del PRD y Beatriz García de Morena, coincidieron en que el principal objetivo de la reforma, es salvaguardar la dignidad de las víctimas de algún delito, principalmente cuando sean mujeres y evitar casos como el de Ingrid Escamilla, víctima de feminicidio en 2020, cuyo cadáver fue fotografiado y difundido en redes sociales.
Cabe aclarar que además de la difusión de material vinculado con carpetas de investigación, se sancionará por este delito a quien filme, fotografíe, audiograbe o comparta videos, imágenes, archivos o información, de cadáveres o lesiones, cuando sean parte de una carpeta de investigación.
Alberto Dzib