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Exentarán pago de tenencia 2018 y 2019 durante Buen Fin

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Pachuca de Soto, Hidalgo.- Informó la Secretaría de Finanzas del gobierno de Hidalgo que del 09 al 20 de noviembre de 2020 se exceptúa del pago del 100 por ciento del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos y sus accesorios, correspondientes a los ejercicios 2018 y 2019.

Los beneficios son a través del Control Vehicular y los contribuyentes tenedores o usuarios de vehículos incorporados en el Registro Vehicular Estatal, que adeuden alguno o ambos ejercicios fiscales y se actualicen.

Además  tiene la finalidad de apoyar a la economía familiar, brindar certeza jurídica a la ciudadanía sobre su patrimonio y contar con un Registro Vehicular Estatal actualizado y confiable que fortalezca la seguridad de la población hidalguense.

Por ello la Secretaría de Finanzas Públicas decidió sumarse a la estrategia de reactivación económica del Gobierno Federal a través del programa de El Buen Fin 2020.

  

Consideró que es oportuno relanzar y dotar de mayores beneficios el programa Actualiza tu Placa y Circula Vigente, el cual fue implementado durante la novena edición del mismo programa federal.

Explicó que la excepción de pago de conceptos de control vehicular referidos en el numeral que precede, únicamente aplicará del 09 al 20 de noviembre de 2020, y se encontrará sujeta a que sean cubiertos los conceptos de pago de Refrendo de datos al Registro Vehicular Estatal del ejercicio fiscal 2020.

Los refrendos de datos de ejercicios adeudados, junto con sus respectivas actualizaciones y recargos; en su caso el canje de placas y el Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos y accesorios correspondientes de ejercicios fiscales adeudados anteriores al ejercicio fiscal 2018.

Será requisito para la aplicación de la excepción objeto del acuerdo que el contribuyente tenedor o usuario del vehículo, que se encuentre en el supuesto de causación, acuda a realizar el pago de sus contribuciones a través de la ficha universal.

  

Conforme a lo establecido en los artículos 8, 9, 26 y 27 de la Ley de Control Vehicular para el Estado de Hidalgo y 5 de su Reglamento, las personas físicas o morales, en todos los casos deberán presentar la documentación en original a efecto de identificar a las personas.

Por Daniel Martínez Martínez

  

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