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IEEH aprueba la obligatoriedad de postular a Personas con Discapacidad

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Pachuca de Soto, Hidalgo.- Como una acción inédita en la historia de cualquier Organismo Electoral en México; el Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH) aprobó las “Reglas Inclusivas de Postulación de Candidaturas a Diputaciones Locales para el Proceso Electoral Local 2020-2021”.

Por unanimidad de votos, durante la Tercera Sesión Extraordinaria del Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH) del mes de diciembre, llevada a cabo este fin de semana,  fue aprobado el acuerdo por el que se establece dicha acción afirmativa, la cual, deben observar los Partidos Políticos, Coaliciones y Candidaturas Comunes a fin de garantizar la inclusión de ciudadanas y ciudadanos con discapacidad en la renovación del H. Congreso del Estado de Hidalgo en el Proceso Electoral Local 2020-2021.

En dichas Reglas, se garantiza la postulación de personas indígenas, mujeres, jóvenes menores de 30 años, Candidaturas Independientes y como un hecho sin precedentes, la acción afirmativa a fin de garantizar la inclusión en sus planillas de ciudadanas y ciudadanos con discapacidad para la renovación de las Diputaciones Locales.

Debido a que en México, todas las personas gozan de iguales derechos y libertades tal como ha sido reconocido en diversos ordenamientos legales, las personas con discapacidad tienen los mismos derechos de ciudadanía y, de modo particular, el derecho de participar en la función electoral y en los procesos democráticos, por lo que este Instituto Electoral tiene la obligación de salvaguardar el ejercicio efectivo de los derechos políticos y de promover el cumplimiento de las obligaciones de todas y todos los ciudadanos.

  

Desde el principio de igualdad y el derecho a la no discriminación, el IEEH avanza de manera decidida y progresiva en la adopción de medidas que aseguren la participación efectiva de personas pertenecientes a grupos de atención prioritaria en el desarrollo de las diversas actividades y etapas de los Procesos Electorales.

Por lo que, la obligatoriedad del cumplimiento de la presente acción afirmativa consistirá en que cada Partido Político, Coalición o Candidatura Común deba postular al menos una fórmula encabezada por una Persona con Discapacidad como candidata o candidato por el principio de Representación Proporcional, en uno de los dos primeros lugares de la lista que presenten, siendo su suplente una persona en igualdad de condiciones y del mismo género.

Esta acción afirmativa va dirigida a personas que, de acuerdo con la Ley General para la Inclusión de Personas con Discapacidad, cuenta con alguno o algunos de los siguientes tipos de discapacidad: Física, Mental, Intelectual o Sensorial; y a efecto de no vulnerar la representación que esta acción pretende hacer en favor de este sector de la población, ésta deberá ser de carácter permanente y con ello evitar que alguna persona con discapacidad temporal ocupe el lugar que se procura para ellas.

Por Daniel Martínez Martínez

  
  

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