La institución emitió restricciones de circulación para autos con las siguientes características:
– Vehículos con holograma de verificación 2 o 1 cuyo último dígito numérico sea 2, 3, 4, 6, 8, y 0, así como aquellos cuya matrícula esté conformada sólo por letras
– Vehículos con holograma “0 y 00”, engomado rojo, terminación de placa 3 y 4
– Vehículos con matrícula foránea de uso particular que no porten holograma de verificación o que tengan holograma tipo 1 o 2
– Vehículos con matrícula foránea de uso particular con holograma “00” ó “0” engomado rojo, terminación de placa 3 y 4
– Unidades que transportan gas licuado de petróleo (pipas y/o semi remolques) cuya matrícula sea PAR
– Vehículos de carga local o federal dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas., con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o EDOMEX
– Taxis con holograma de verificación “1” o “2” que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos a) y b) les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.
La medida aplicará a partir de mañana miércoles 30 de marzo en horario de las 5:00 a las 22:00 horas.