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Vulneró Congreso paridad de género con designación de alcalde de Tasquillo

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Pachuca de Soto, Hidalgo.- El Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo dejó sin efecto el nombramiento de Humberto Fuentes Portillo como presidente municipal de Tasquillo, señalando que se vulneró la equidad de género.

La magistrada ponente y presidenta del TEEH, Rosa Amparo Martínez Lechuga, recordó que en 2020 en el proceso electoral 2019 y 2020 en Tasquillo se eligió a dos mujeres, como alcaldesa y alcaldesa suplente, siendo María de Jesús Chávez y María Isabel Guerrero, respectivamente. 

Ante el fallecimiento de la propietaria asumió la suplente, pero también falleció y el Ayuntamiento decidió dar el encargo de la presidencia al secretario municipal por un periodo de 15 días y posteriormente el Congreso local ratificó ese nombramiento.

La regidora Yazmín Eduviges Corona Trejo y una militante más del Partido Revolucionario Institucional presentaron un juicio contra el nombramiento de Fuentes Portillo, que quedó asentado en el expediente JDC/43/2023. 

  

El nombramiento de Humberto Fuentes Portillo por parte del Congreso local se dio debido a que no hubo acuerdo dentro del cabildo y se solicitó que fuera el Poder Legislativo quien hiciera la designación. 

La Magistrada Presidenta del TEEH señaló en su ponencia que una regidora que fue electa vía mayoría relativa, es decir, por votos, por el principio de paridad de género tiene mejor derecho que el hombre que fue designado.

Agregó que el Congreso local debió considerar que se debería tomar en cuenta que originalmente se eligieron a mujeres para el cargo, para garantizar la continuidad de la aplicación del principio de paridad.

Por lo que se ordenó revocar el decreto emitido por el Congreso local y que se lleven a cabo una serie de acciones para restituir los derechos políticos vulnerados.

  

El Congreso del Estado de Hidalgo tendrá cinco días para nombrar a la alcaldesa sustituta, bajo el principio de paridad de género, por lo que la designación deberá recaer en una persona mujer y que sea miembro de la planilla electa bajo el principio de mayoría relativa.

Por Daniel Martínez Martínez

  

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