Sierra Norte, Pue. – El reparto de utilidades es un derecho que tiene cada trabajador a participar en las ganancias que obtiene la empresa o su patrón, por su actividad que realiza.
Un trabajador empieza a generar derecho si ya tiene laborando por lo menos 60 días, sin importar si es de manera continua o descontinua, tiene hasta un año para cobrar hasta lo que es el límite de pago.
El contador Juan Cruz Ojeda, comento que las personas morales deben recibir el pago de utilidades hasta el 30 de mayo y en el caso de personas físicas hasta el 29 de junio.
También agrego que los trabajadores que no tienen derecho al pago de utilidades son los trabajadores domésticos, trabajadores eventuales que hayan laborado menos de 60 días, accionistas de la empresa, entre otros.
Finalizo que existen empresas que no están obligadas a realizar este pago como empresas de nueva creación, instituciones de asistencia privada con bienes de propiedad particular, instituciones públicas descentralizadas, entre otros.
Hay que recordar que el pago de utilidades es un derecho que tienen los trabajadores por el tiempo de servicio que han brindado.