La iniciativa fue turnada a la comisión de Salud de la LXXV Legislatura del Congreso de Michoacán.
Este miércoles 11 de mayo de 2022 fue presentada ante el Congreso de Michoacán la iniciativa para que el uso del cubrebocas en el Estado como medida de protección, sea de carácter opcional en los espacios públicos y privados que sean abiertos.
Fue el gobernador del Estado, Alfredo Ramírez Bedolla quien presentó la iniciativa, pues según lo referido el 86 por ciento de la población ha sido inmunizada contra el virus al menos con una dosis.
No obstante, se consideran medidas de protección auxiliar, la sana distancia considerada de 1.5 metros entre personas; no saludar de mano, beso o abrazo; al toser o estornudar, cubrirse con alguno de los ángulos de los brazos; evitar tocarse la nariz, la boca, los ojos y cara en general, así como el lavarse las manos con agua y jabón frecuentemente, usar gel antibacterial y demás medidas sanitarias, que determinen las autoridades sanitarias competentes.
Por otro lado, en todos los establecimientos privados, que sean espacios cerrados y no permitan una adecuada circulación del aire, ya sean centros de trabajo, comercial, industrial, empresarial, de negocios o de servicios, tanto los propietarios, como las y los administradores, empleados, proveedores y asistentes a los mismos, estarán obligados a usar el cubrebocas durante su estancia, así como cumplir los protocolos emitidos por la autoridad sanitaria correspondiente.
Sí la iniciativa se aprobara, seguiría siendo obligatorio el uso de cubrebocas para todas las personas que ingresen a oficinas públicas que cuenten con espacios cerrados. En caso de que alguna persona pretenda ingresar sin cubrebocas a estos espacios, se le informará e instruirá que, por disposición oficial, no podrá acceder hasta que lo porte, debiendo la dependencia proporcionarle uno.
En caso de que la persona no acate la medida, se le solicitará se retire; mientras que si insistiera en no usar la mascarilla en espacios cerrados, se le impondrá una multa, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el caso de que sea jornalero y de 1 a 15 UMAS en caso de reincidencia o resistencia al uso correcto de cubrebocas.
Es así que la iniciativa fue turnada a la comisión de Salud de la LXXV Legislatura del Congreso de Michoacán.