Tulancingo de Bravo, Hidalgo.- 17 de los 19 delegados y subdelegados municipales que recibirán percepción económica por parte del gobierno municipal, ya entregaron su declaración patrimonial, parte de los requisitos para recibir el pago por sus servicios como representantes vecinales.
José Rubén Escalante Vergara, Contralor Municipal informó que quedan pendientes dos representantes vecinales, a los que ya se les informó sobre el cumplimiento de la entrega de la declaración patrimonial, así como otra documentación.
Los delegados y subdelegados municipales recibirán el pago en cumplimiento a la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo al expediente TEEH-JDC-29-INC-1, ingresado a finales de febrero de este año, exigiendo precisamente recibir un pago por sus servicios de enlace y trámites y gestiones ante el gobierno municipal.
De acuerdo a la sentencia del tribunal, el pago tendrá que ser mayor al salario mínimo vigente en el estado de Hidalgo, pero menor al de un asambleísta municipal.
El funcionario municipal señaló que ya se están terminando de armar los expedientes de los delegados y subdelegados que recibirán remuneración económica, para que les sea entregada la remuneración económica luego de que el concejo municipal apruebe dicha medida.
Sobre la declaración patrimonial, esta es la inicial, y deberá actualizarse en mayo de cada año, informando si hubo cambios en el patrimonio.
Cabe señalar que las declaraciones patrimoniales contienen información patrimonial en torno a bienes muebles e inmuebles, inversiones, cuentas bancarias y pasivos.
Los delegados municipales se convierten en entes obligados, al darse cumplimiento a la sentencia para ser incorporados a la administración pública.
La Contraloría tiene como atribución tener a resguardo esa información personal la cual adquiere un carácter de confidencial.
La Ley General de Responsabilidades Administrativas establece que todos los servidores públicos tienen obligatoriamente que presentar su declaración patrimonial para no ser sancionados como lo señala el artículo 33 de la misma ley.
La declaración patrimonial se divide en inicial, de modificación y conclusión del encargo.
Por Daniel Martínez Martínez