En México, el aguinaldo para las y los trabajadores surgió como una prestación obligatoria en la reforma a Ley Federal del Trabajo en 1970.
Así lo dio a conocer el Secretario General de la Confederación Sindical Republicana en Puebla, Constantino Sánchez. De acuerdo con la ley, las y los trabajadores deben recibir el aguinaldo antes del 20 de diciembre.
Aquellos que no hayan cumplido el año de servicios en una empresa, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tienen derecho a recibir el pago proporcional correspondiente, conforme al tiempo trabajado. Además, el patrón está obligado a realizar el pago de aguinaldo en tiempo y forma, ya sea de manera física o por transferencia bancaria.
La PROFEDET ofrece asesoría y representación en caso de que el patrón no cumpla con el pago de esta prestación.