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Ningún violentador o deudor de pensión podrá aspirar a cargos de elección popular.

por Óscar Limón Amador
2 minutos leer

Ciudad de México. – El pleno del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó por unanimidad los lineamientos para prevenir la violencia política de género. Uno de ellos es el denominado 3 de 3, que establece que los hombres aspirantes a cargos de elección popular no tengan antecedentes de violencia familiar o doméstica, así como estar exentos de haber cometido delitos sexuales o ser deudores alimentarios.

Los aspirantes a una candidatura de elección popular deberán firmar un formato, de buena fe y bajo protesta de decir verdad, donde se establezca que no están sancionados o condenados mediante resolución firme por violencia familiar y/o doméstica, o cualquier agresión de género en el ámbito privado o público.

Igualmente, “no haber sido persona condenada, o sancionada mediante resolución firme por delitos sexuales, contra la libertad sexual o la intimidad corporal”.

El tercer punto que contempla el lineamiento 3 de 3, es “no haber sido persona condenada o sancionada mediante resolución firme como deudor alimentario o moroso que atenten contra las obligaciones alimentarias, salvo que acredite estar al corriente del pago o que cancele en su totalidad la deuda, y que no cuente con registro vigente en algún padrón de deudores alimentarios”.

  

Estos lineamientos quedaron vigentes tanto a nivel federal como local y tienen como objetivo promover, respetar, proteger y garantizar los derechos de las mujeres y como una garantía de protección de las mujeres, de esto explico, el vocal de capacitación y educación cívica, Eliseo Ortiz Guzmán.

En los transitorios también se contempla que los partidos políticos deberán adecuar sus documentos básicos, una vez que termine el proceso electoral; en tanto esto ocurra, se ajustarán a lo previsto en los presentes Lineamientos en la tramitación de las quejas y denuncias que se presenten en esta temporalidad. Las adecuaciones estatutarias de los partidos políticos para atender lo dispuesto en estos lineamientos deberán llevarse a cabo una vez que termine el proceso electoral de 2020-2021.

También la Comisión de Igualdad de Género y No Discriminación y la Unidad Técnica de Fiscalización darán seguimiento a los programas de trabajo de los partidos políticos conforme a lo establecido en los presentes Lineamientos a partir del año 2021.

Los lineamientos serán aplicables para los partidos políticos nacionales y para los locales. Si los Organismos Públicos Locales Electorales emiten lineamientos en esta materia los mismos serán aplicables siempre y cuando no se contrapongan con los acordados.

  

Los procedimientos iniciados antes de la entrada en vigor de los nuevos lineamientos deberán concluirse conforme a la normatividad vigente al momento de su inicio.

  

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