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Gana Uber amparo para operar en Hidalgo

Pachuca de Soto, Hidalgo.-  El Consejo de la Judicatura Federal (CJF) a través del juez tercero de distrito de Pachuca ordenó a la Secretaría de Movilidad y Transporte (Semot) responder a la empresa Uber el motivo por el que no permite que opere en el estado, ya que la ley no se lo prohíbe. Hasta ayer, la dependencia no había sido notificada.

El 19 de noviembre el Poder Judicial de la Federación (PJF) concedió el amparo a Uber, el cual interpuso en agosto, donde argumenta que en Hidalgo “no existe una legislación local que regule como corresponde, a las actividades de las empresas que organizan redes de transporte, de manera que lo que no se encuentra prohibido mediante actos legislativos aplicables, debe presumirse jurídica y legalmente permitido en términos constitucionales”.

De acuerdo con el amparo con folio 953/2019, el juez tercero de distrito solicitó a la dependencia “que se informe a esta empresa, próxima a iniciar operaciones en Hidalgo, si ¿Es correcto estimar que, al no estar regulada la nueva modalidad de transporte privado de referencia, los servicios relativos pueden ser prestados libremente en la entidad por no encontrarse prohibidos?”.

El juez aseveró que la Ley de Movilidad y Transporte para el Estado de Hidalgo ni su reglamento, “prevén regulación alguna para esa nueva alternativa de movilidad privada y exclusiva, es obvio que no puede ser categorizada como parte de los servicios públicos ni sobrerreguladas sus actividades por las normas legales o administrativas locales por definirse jurídicamente como ajena al servicios público”.

  

La sentencia apunta una vez que cause ejecutoria y dentro de un plazo máximo de tres días, la Semot, y el titular del Sistema de Transporte Convencional de Hidalgo (STCH), “quedarán obligadas a demostrar ante la justicia federal haber dictado la respuesta de fondo congruente a la petición de la quejosa, por escrito y haberla notificado en el domicilio al efecto señalado”.

Por Daniel Martínez Martínez

  

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