Pachuca de Soto, Hidalgo.- Diferencias de criterios impedirían que integrantes de planillas de candidatos independientes accedan a espacios de regidurías y sindicaturas en las asambleas municipales, mientras los magistrados electorales respaldan la jurisprudencia que cede plurinominales, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reiteró que cada entidad regula sus sistemas de representación proporcional.
El magistrado del Tribunal Electoral del Estado (TEEH), Javier Ramiro Lara Salinas, explicó que derivado de jurisprudencias del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) es posible que planillas municipales de candidatos independientes en Hidalgo accedan a espacios en cabildos.
No obstante, en la sentencia 22/2014, la corte estableció que las entidades federativas tienen el derecho de regular sus sistemas de designación plurinominal; es decir, que las legislaciones locales determinarán esta distribución.
Cabe recordar que el artículo 219 del Código Electoral hidalguense establece que “no procederá, en ningún caso, el registro de candidatos independientes por el principio de representación proporcional; y tampoco la asignación de diputados, síndicos y regidurías por el mismo principio”
Por Daniel Martínez Martínez