Piden que acredite que se cumplieron los mandatos de diversos artículos del decreto número 163, con especial atención a los procesos de elección de nuevo rector o rectora
Recientemente el diputado presidente de la Mesa Directiva del Congreso del Estado de Michoacán, Baltazar Gaona García, dio a conocer los detalles de su propuesta de acuerdo -que ya fue aprobada-, para hacer un exhorto a la rectora de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo (UMSNH), Yarabí Ávila González, para que en un lapso no mayor a 15 días a partir del jueves, haga llegar al Congreso local los documentos e información que verifiquen que se dio cumplimiento de lo que mandatan los artículos Cuarto, Quinto y Sexto transitorios, del Decreto número 163 publicado en el Diario Oficial del Estado el pasado 8 de marzo del 2025, siendo especialmente necesario que dé claridad sobre lo relacionado con la conformación de la Comisión Especial para la Elección de la Rectora o Rector y los reglamentos correspondientes al proceso de elección.
Todo lo anterior a raíz de solicitud de exhorto presentada por el secretario general del Sindicato Único de Empleados de la UMSNH (Sueum), Eduardo Tena Flores.
En su solicitud, los quejosos manifiestan que a pesar de que existe una reforma aprobada para dotar a la Universidad con recurso de por lo menos 4.5% del Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado, en los hechos, denuncian, se siguen cobrando cuotas de ingreso o para examen, que se exigen de manera obligatoria y que en muchos casos de todos modos no garantizan que los jóvenes puedan acceder a estudiar.
Aunado a esto, refieren que la institución ha despilfarrado el recurso a partir de que se aprobó el presupuesto pleno, y a esto se suma que se ha retenido el pago de prestaciones para los trabajadores de la Máxima Casa de Estudios de Michoacán.
Por otro lado, señalan que, pese a que los cambios a la Ley orgánica de la universidad contenidos en el Decreto número 163 entraron en vigor desde el 8 de marzo del año pasado, hasta el momento no se les ha dado cumplimiento; por si fuera poco, el artículo cuarto transitorio del decreto señala que la Universidad contará con un plazo no mayor a 190 días hábiles para realizar las adecuaciones normativas, orgánicas y administrativas conducentes, a efecto de dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto; tal plazo llegó a su término el 18 de febrero del año en curso.
Al no existir hasta la fecha una Comisión Especial para la Elección de la Rectora o Rector, ni el reglamento de que debe regir los procedimientos de la institución, cuya creación está indicada por esta Ley, se está poniendo en riesgo la certidumbre jurídica de la Universidad, así como su legalidad y gobernabilidad, de acuerdo con Eduardo Tena.
La preocupación del Sueum se da en un contexto en el que restan solamente 10 meses para que termine el periodo de la rectoría actual, sin que existan todavía reglas claras y armonizadas con la nueva Ley Orgánica, cosa que afirman, abre la puerta a la discrecionalidad.