Pachuca de Soto, Hidalgo.- El Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) acreditó las omisiones de las alcaldesas de Apan e Ixmiquilpan, Guadalupe Muñoz Romero y Araceli Beltrán Contreras, de no entregar información solicitada por regidores, lo que en el caso de la segunda derivó en una multa de 4 mil 471 pesos.
En sesión pública, el magistrado Manuel Alberto Cruz Martínez expuso que, el pasado 11 de agosto, el síndico jurídico Carlos Eduardo Portillo García presentó una solicitud de información dirigida a la alcaldesa, la cual no fue respondida, por lo que promovió el Juicio Ciudadano TEEH-JDC-145-2021, por violaciones a sus derechos de petición y de ejercicio del cargo.
En respuesta, el 22 de octubre el TEEH resolvió por unanimidad la existencia del agravio y ordenó a Beltrán Contreras que respondiera la solicitud del síndico jurídico en un plazo de tres días; sin embargo, la mandataria local no cumplió con la sentencia.
El magistrado Manuel Alberto Cruz Martínez señaló que la petista no acreditó haber acatado la resolución del 22 de octubre, por lo que ordenó hacerlo, apercibida de que podría recibir otra multa con un monto doble.
Por otra parte, en el recurso JDC-154-2021 promovido por el asambleísta Naxhyp Gutiérrez Márquez y otros, el tribunal dio un plazo de cinco días hábiles a la presidenta municipal de Apan, de origen priista, para dar respuesta.
De acuerdo a la magistrada Rosa Amparo Martínez Lechuga existió una “dilación injustificada”, pues transcurrieron siete meses desde el ingreso de una solicitud dirigida a la alcaldesa y al secretario general, en tanto en cuatro casos más pasaron entre uno y dos meses, lo que genera una vulneración a sus derechos político electorales de ejercicio del cargo.
El magistrado Leodegario Hernández Cortez recordó que el TEEH ha resuelto numerosos casos como esos, pero insistió en el derecho de los ediles de acceder a la información de sus municipios, por ejemplo: sostuvo que antes de la firma de cualquier contrato por parte del ayuntamiento, tienen el derecho de conocer sus términos.
En ese contexto, el magistrado consideró el actuar de la presidenta municipal como una rebeldía, estableciendo nuevamente que en tres días la edil conteste la solicitud; e impuso una multa económica de 50 Unidades de Medida y Actualización (UMA), es decir 4 mil 481 pesos.
Por Daniel Martínez Martínez