Con esta ley desaparecen las Juntas de Conciliación y Arbitraje
La 60 Legislatura aprobó la iniciativa que crea la Ley del Centro de Conciliación Laboral del Estado de México, el cual tendrá por objeto prestar el servicio público de conciliación laboral para la solución de conflictos de competencia local entre trabajadores y patrones, como una instancia previa al juicio ante los tribunales laborales, procurando el equilibrio entre las partes.
Con esta ley desaparecen las Juntas de Conciliación y Arbitraje, para dar lugar al citado Centro de Conciliación, que se complementa con la modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial para facultarlo a crear los Tribunales Laborales.
En la operación del Centro de Conciliación prevalecerán los principios de certeza, independencia, legalidad, imparcialidad, igualdad, confiabilidad, eficacia, objetividad, profesionalismo, transparencia y publicidad.
Para su funcionamiento, el Centro contará con un Consejo Directivo y un director General como órganos de gobierno. El Consejo Directivo se compondrá por un presidente, que será el Secretario del Trabajo; tres vocales, un comisario, nombrado por la Secretaría de la Contraloría, y un secretario, que será el Director General.
Durante la deliberación, los diputados Armando Bautista Gómez y Luis Antonio Guadarrama, del grupo legislativo del PT, argumentaron que no fueran solamente servidores del gobierno estatal los que integren los órganos de gobierno del Centro y correspondiera a la Legislatura nombrarlos.