El Congreso estatal comenzó a revisar reformas para permitir el embargo de recursos bajo determinados supuestos cuando el deudor esté desempleado, además de facultar a jueces para ordenar de oficio medidas que aseguren el pago de alimentos
Alberto Dzib
Las cuentas de retiro podrían convertirse en una vía para garantizar el pago de pensiones alimenticias en el Estado de México cuando el deudor esté desempleado y deje de aportar los recursos correspondientes, esta posibilidad forma parte de las reformas al Código Civil que comenzaron a discutirse este miércoles en el Congreso mexiquense.
El planteamiento, se señaló, no supone disponer de manera general de los ahorros para el retiro, pues establece condiciones específicas y considera recurrir primero a las aportaciones voluntarias, sólo ante la falta de recursos suficientes se contempla acudir a la cuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez conforme a los supuestos que permite la legislación.
Miriam Silva Mata, diputada del Partido Verde Ecologista de México, explicó ante la Comisión Legislativa de Procuración y Administración de Justicia que la propuesta parte de un criterio de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que pondera la protección de los recursos para la vejez frente al interés superior de niñas y niños que dependen de una pensión.
“Si el deudor alimentario no aporta las cuotas de los alimentos y está desempleado, entonces se podría obtener el embargo de esta cuenta, cómo se podría proceder: en primer lugar de las cuotas de aportación voluntaria y si no encontráramos una cantidad en esta aportación voluntaria, entonces lo que haríamos es de la cuenta de retiro, cesantía y vejez”.
La reforma impulsada por el PVEM se estudia junto con otra propuesta presentada por la diputada de Morena, Itzel Daniela Ballesteros Lule, cuyo objetivo es ampliar la capacidad de los jueces para intervenir cuando adviertan que una pensión alimenticia corre riesgo de incumplirse.
Con este segundo planteamiento, la autoridad judicial podría decretar de oficio el aseguramiento de los alimentos de acuerdo con las circunstancias de cada caso, entre las alternativas se encuentran la retención o el descuento directo de ingresos y otras garantías que permitan respaldar los recursos destinados a quienes tienen derecho a recibirlos.
“Esta propuesta busca precisamente eso, que el aseguramiento no quede sujeto únicamente a una posibilidad, sino que la autoridad judicial pueda decretarlo de oficio cuando las circunstancias del caso así lo requieran, estableciendo como finalidad garantizar el cumplimiento oportuno y efectivo de la obligación alimentaria”.
Durante la discusión legislativa también se planteó que la falta de empleo formal no debe convertirse en una vía para dejar de aportar alimentos, la diputada Celina Trujillo Arismendi consideró que la responsabilidad subsiste independientemente de la situación laboral del deudor y señaló que la legislación debe contar con mecanismos para enfrentar la evasión.
Las modificaciones todavía no están vigentes, debido a que este miércoles comenzó su análisis conjunto en la Comisión Legislativa de Procuración y Administración de Justicia, por lo que deberán continuar el proceso legislativo antes de una eventual aprobación y aplicación en el Estado de México.