#Opinión Arturo Argente
El Plan B plantea cambios del orden administrativo orientados a consolidar la coordinación para que no se dupliquen funciones entre el INE, que tiene presupuesto federal, y los Organismos Públicos Locales Electorales, que tienen presupuestos estatales; es decir, es un intento para “adelgazar” la estructura del INE y eficientar su estructura. El plan B va más allá de conceptos y formalidades, sus efectos van más allá y afecta los cimientos de nuestra joven democracia consolidando las desigualdades que tanto han herido la historia de nuestro país.
El Plan B conlleva efectos que revierten el sentido evolutivo de nuestra democracia. Algunas de las consecuencias que se pueden generar son la reducción al mínimo para que los partidos políticos le abran candidaturas a grupos minoritarios que se encuentran representados por los indígenas, afromexicanos, migrantes, miembros con discapacidad y miembros de LGTBI. También, la “3 de 3” pierde obligatoriedad ante las funciones del INE y esto conlleva que se permita la participación de los candidatos que tienen antecedentes oscuros y que han sido deudores alimentarios o ejercido violencia de genero.
El plan B es una reforma que toca leyes secundarias y en término jurídicos modifica la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Ley de Partidos y la Ley de Sistemas de Medios de Impugnación. Esto implica una reducción en la estructura del servicio profesional electoral nacional, lo que conllevará la reducción de cargos y la afectación a miles de servidores públicos del INE.
La Ley General del Sistema de Medios Impugnación en Materia Electoral (LGSMIE) en su artículo 94 dispone de un medio de defensa, diseñado para dirimir los conflictos laborales entre los servidores públicos electorales del INE, y siendo el TEPJF el órgano competente para conocer de todos los casos que se deriven de esta situación.
La oposición, que no se encuentra de acuerdo con esta reforma, tratará de anular esta reforma electoral; primero, a través de las llamadas “Acciones de Inconstitucionalidad” que pueden ser presentadas, por grupos de legisladores o por partidos políticos; y la segunda, por el juicio de amparo y buscar la suspensión definitiva de la norma en tanto se resuelve el fondo del asunto.
Lo cierto es que el tiempo se acaba, las reglas no están claras y el próximo 2 de junio es una fecha muy importante para la vida democrática del país pues de acuerdo con la Constitución, las normas electorales que estén vigentes para entonces serán las que habrán de aplicarse en el proceso de 2024. La razón es que, de acuerdo con el artículo 105 fracción II de la Constitución, 90 días antes de que comience el proceso electoral ya no pueden cambiarse las reglas con las que dicho proceso se realiza.
Con esta medida se quiere revestir a la austeridad republicana en temas electorales, pero se percibe un tufo revanchista contra los funcionarios públicos que conforman el INE, sobre todo contra los mandos medios y la alta burocracia. Es importante entender que nuestra democracia se consolida con el fortalecimiento de sus instituciones no con su debilitamiento.
Al final, el INE, las elecciones del 2024, y nuestra democracia se encuentran en el “ojo del huracán”.
Dr. Arturo Argente Villarreal.
Escuela de Derecho
Tec de Monterrey
Campus Toluca.