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Estarán obligadas asambleas municipales a elaborar calendario de sesiones

por Daniel Martínez

Los Ayuntamientos estarán obligados aprobar desde la primera sesión ordinaria un calendario oficial de las sesiones que se prevé realicen.

Pachuca de Soto, Hidalgo.- Lo anterior fue aprobado por unanimidad por los integrantes del Congreso del Estado de Hidalgo en reformas a la Ley Orgánica Municipal para la entidad.

La legisladora local Alma Rosa Elías Paso, señaló que con la modificación legal se busca garantizar asistencia y puntualidad de los integrantes de los Ayuntamientos.

También en la primera sesión deberán aprobarse los medios de notificación, además los asambleístas tendrán la obligación de asistir puntualmente a las sesiones de pleno y de las comisiones internas.

En caso de que no sea posible la entrega de la convocatoria de la sesión de forma física, se autoriza el uso de medios electrónicos, incluyendo el correo electrónico que los integrantes hayan proporcionado previamente.

Si algún asambleísta municipal se niega a recibir o firmar la convocatoria, se levantará una constancia oficial, se notificará por medios alternos y se dará vista a la contraloría municipal o al órgano interno de control.

También se estableció que para garantizar transparencia en el proceso, las convocatorias deberán ir acompañadas de los documentos de soporte de los temas a tratar.

Además deben ser publicadas en los medios de difusión oficiales del municipio para cumplir con el principio de máxima publicidad.

Se precisó que en caso de que las inasistencias a las comisiones o a las sesiones de cabildo, deberán ser notificadas y justificadas ante la o el titular de la presidencia municipal.

Elías Paso refirió que en muchas ocasiones las llamadas a sesión no se realizaban conforme a la normativa vigente obstaculizando la participación de los regidores y existía una dificultad jurídica cuando materialmente imposible notificar personalmente a un edil.

Señaló que la falta de claridad en las notificaciones generaba disputas entre quien emitía la convocatoria y quien debía recibirla, derivando en juicios electorales, facilitando inasistencias o falta de preparación para los temas a tratar.

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