Durante la Sesión Pública número 38, el Tribunal resolvió en total ocho juicios de la ciudadanía local, dos procedimientos especiales sancionadores y un recurso de apelación.
Redacción IKAM
El Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) ordenó la restitución inmediata, con todos sus derechos, de dos regidoras municipales de Capulhuac y Temascalapa, al acreditar la vulneración de sus derechos político-electorales.
En el caso de Capulhuac, el Pleno determinó que se afectó el derecho de la tercera regidora suplente en funciones, quien, pese a haber rendido protesta en mayo de este año, no fue convocada a sesiones de cabildo, se le negó información, no recibió el pago de dietas ni prestaciones, y se giraron instrucciones administrativas para reubicarla en otra área del ayuntamiento.
Por su parte, en Temascalapa, el Tribunal resolvió restituir en el cargo a la segunda regidora propietaria, al comprobar que su sustitución fue indebida, ya que se realizó sin quórum en una sesión de cabildo y sin que existiera una solicitud de licencia temporal o definitiva.
El TEEM también acreditó que diversas regidorías de Temascalapa —la segunda, séptima, tercera, quinta y sexta— fueron víctimas de violencia política, al documentarse acciones ciudadanas que les impidieron asistir a una sesión extraordinaria de cabildo, poniendo en riesgo su integridad física y su vida. Por ello, el Pleno ordenó al presidente municipal mantener firmes las medidas de protección a las afectadas.
En otros asuntos, se determinó que el presidente municipal de Teoloyucan y otros servidores públicos cometieron violencia política en razón de género contra la sexta regidora, al impedirle hacer uso de la voz durante una sesión de cabildo el 1 de enero de 2025.
Asimismo, se acreditó violencia política en razón de género contra la quinta regidora del municipio de Morelos, a quien se le retiró el personal administrativo de apoyo y se le impidió participar en sesión de cabildo.
Durante la Sesión Pública número 38, el Tribunal resolvió en total ocho juicios de la ciudadanía local, dos procedimientos especiales sancionadores y un recurso de apelación.