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Hasta 4 años de prisión de sanción, por usurpación de Identidad, hacking y ciberasedio, propone el Diputado José Luis García Parra

por Juan Carlos González

Angélica Patiño Guevara


Ante el incremento de los delitos por el ciberespacio, con el uso de tecnología, como la Inteligencia Artificial, el Diputado local de Morena, José Luis García Parra, propondrá tipificar y sancionar con uno hasta 4 años de prisión, los delitos cibernéticos. Este miércoles, el Diputado local presentará una propuesta de reforma al Código Penal del Estado, con la finalidad de reconocer, como delitos, la usurpación de identidad, fraude electrónico, espionaje digital y el ciberasedio, con todas sus variantes.

De acuerdo al morenista, se informó que Puebla ocupa el cuarto lugar a nivel nacional con agentes en la policía cibrnética, al contar con 16 elementos, pero que, en realidad son ya 40. Se señaló que cada 61 minutos se registra un ciberataque y donde poco más del 40 por ciento de los reportes, que recibió este importante organismo en 2023, fueron por delitos en “agravio de otras personas”.

En tanto, 62 reportes fueron por delitos en contra de menores de edad, incluyendo 54 casos de acoso a menores. De éstos, 11 casos se trataron de cyberbulling, tres más de pedofilia y diez casos de pornografía infantil. “Este vacío legal deja a la población vulnerable, a los crecientes riesgos del ciberespacio. La ausencia de un marco legal robusto impide una respuesta efectiva, ante los delitos cibernéticos que van en aumento”, destacó el Legislador.

Ante esto, las reformas propuestas buscan:

• Reconocer el delito de Grooming, que es hacerse pasar por persona menor de edad, utilizando los medios electrónicos y las Tecnologías de la Información y Telecomunicaciones (TICS), para contactar a niñas, niños y adolescentes a través de internet, con el propósito de ganar su confianza y luego acosarlos o controlarlos emocionalmente y chantajearlos, con fines sexuales.

• Sancionar con 1 a 4 años de prisión y de 50 a 200 Unidades de Medidas de Actualización (UMAS) a quien cometa el delito de Usurpación de Identidad, que es aquella persona que, a través de medios electrónicos y aprovechándose de las Tecnologías de la Información y Telecomunicaciones, obtiene, transfiere, utiliza o se apropia, de manera indebida, de los datos personales de otra, sin la autorización de ésta última.

• Reconocer como Fraude Electrónico las siguientes variantes:

  1. Smishing.- En este tipo de fraude, te envían mensajes SMS a tu teléfono móvil, con la finalidad de que visites una página web apócrifa. Esto, con el fin de obtener tu información bancaria, para realizar transacciones en tu nombre.
  2. Phishing.- También conocido como suplantación de identidad, en este tipo de fraude, el objetivo es que, al hacerse pasar por una Institución Financiera, con un mensaje indicándote un error en tu cuenta bancaria y, al ingresar tus datos, obtienen tu información confidencial, como números de tus tarjetas de crédito, claves, datos de cuentas bancarias, contraseñas, etc.
  3. Pharming.- Consiste en redirigirte a una página de internet falsa, mediante ventanas emergentes, para robar tu información.
  4. Vishing.- Es cuando los delincuentes simulan ser empleados de alguna institución financiera y, a través de llamadas telefónicas, contactan a verdaderos usuarios de tales servicios, para decirles que sus cuentas registran cargos irregulares, para que, posteriormente, mediante un mensaje de texto, les hacen llegar una liga, para que ingresen su información financiera personal y la roben.
  5. ➢ Evil Twins.- Son redes inalámbricas Wi-Fi, que aparentan ofrecer conexiones a Internet tan confiables, como las que hay disponibles en muchas cafeterías y salones de conferencias, que sirve a los delincuentes para robar cualquier número de tarjeta de crédito y contraseñas que se digiten, usando la conexión.

• Sancionar con 1 a 3 años de prisión y de 50 a 250 UMAs, a quien cometa el delito de espionaje digital o “Hacking”, a la persona que se introduzca a un equipo o sistema informático, sin la autorización de su legal y legítimo titular o propietario, a efecto de conocer su información o documentos personales

• Sancionar con 1 a 3 años de prisión y de 50 a 250 UMAS a quien cometa el delito de Ciberasedio, quien, a través de la utilización de medios digitales de informática o TICS, insulte, injurie, ofenda, agravie o veje a otra persona, con la insistencia suficiente, para causarle un menoscabo importante en su salud.

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