El sitio arqueológico de Huapalcalco, en no pierde la protección legal, ni la conservación de los vestigios, aseguró Manuel Villarruel Vázquez, director de la delegación en el Estado de Hidalgo del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) en Hidalgo.

Pachuca de Soto, Hidalgo.- La declaración se ofrece luego de que en conferencia de prensa, integrantes de la asociación civil “Niebla y Tiempo” aseguraran que el Tribunal Colegiado del 29º Distrito Judicial dictó la sentencia en el sentido de revocar en forma definitiva el decreto presidencial que establece a Huapalcalco como Zona de Monumentos Arqueológicos.
Villarruel Vázquez dijo al respecto que la sentencia obliga al INAH a responder, de manera fundada y motivada, las observaciones presentadas por un ciudadano dentro del procedimiento administrativo relacionado con la declaratoria de protección del sitio arqueológico.
La sentencia citada fue emitida con fecha 8 de junio de este año, dando respuesta al juicio de amparo indirecto bajo el número de expediente 1340/2022-5.
Dicho recurso legal fue presentado por un particular, reclamando que de la poligonal, de 20 hectáreas de extensión, establecida en el decreto presidencial publicado el 5 de junio del 2023, 5 hectáreas son de su propiedad, sin ser notificado de que se tomaría como parte de la Zona de Monumentos Arqueológicos.
El funcionario federal dijo desconocer sobre las declaraciones ofrecidas por los integrantes de la asociación civil, pero insistió que la sentencia legal no modifica la situación legal hacia Huapalcalco, así como la protección legal con la que cuenta.
“Lo que el juez determina es que el Instituto debe atender el derecho constitucional de audiencia de un ciudadano y responder conforme a la ley. No se está combatiendo la declaratoria ni los valores arqueológicos del sitio”, señaló.
Enfatizó que la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos establece desde 1972 que todos los bienes arqueológicos son propiedad de la nación y cuentan con protección legal, por lo que la resolución del tribunal no elimina el decreto vigente.