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Pago de utilidades: Cualquier trabajador que laboró 60 días las puede recibir

por ALBERTO DZIB

El monto a repartir equivale al 10% de las utilidades reportadas en la Declaración Anual  

Este 1 de mayo venció el plazo para que las empresas hagan el reparto de utilidades para contratos colectivos, pero tienen 30 días para cumplir la obligación en contratos individuales. 

De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, todas las empresas están obligadas a repartir el 10% de las utilidades reportadas en su declaración anual y puede recibirlas cualquier trabajador que haya laborado al menos 60 días del año correspondiente a las utilidades. 

De ese porcentaje, la mitad se distribuye equitativamente entre todos los trabajadores y la otra mitad se entrega a partir del salario de cada trabajador. La Secretaría del Trabajo y Previsión social, establece que los patrones deben entregar una copia de las utilidades declaradas para que conozcan la cantidad a repartir.  

Las sanciones por incumplir con esta obligación consisten en multas a las empresas que van de 250 a 5 mil Unidades de Medida y Actualización, es decir, de 25 mil 935 pesos a 518 mil 700 pesos. 

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