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Proponen castigar como fraude la promoción de “productos milagro”

por Juan Pablo De Gante

Paola Macuitl

El Congreso de Puebla recibió una iniciativa de reforma al Código Penal local para castigar como fraude la venta de “productos milagro”; la pena de prisión iría desde los seis meses, hasta los 10 años. 

El diputado Miguel Trujillo de Ita, del Partido del Trabajo (PT) propuso castigar a quien induzca a la venta, publicite o promocione bajo engaños la eficacia o propiedades curativas de un producto o tratamiento de consumo humano. Sobre todo si se oculta información esencial de su composición. 

La propuesta es castigar esa conducta con las mismas sanciones que el fraude: 

—6 meses a 3 años de prisión y multas de 5 a 50 UMAs (586 pesos, a 5 mil 865 pesos) si el valor de lo defraudado no es superior a 100 UMAS (11 mil 731 pesos) 

—-3 a 5 años de prisión y multas de 50 a 250 UMAs (5 mil 865 a 29 mil 327 pesos) si el valor de lo defraudado excede 100 UMAS (11 mil 731 pesos)

– 5 a 7 años de prisión y multa de 250 a 500 UMAs (29 mil 327 pesos a 58 mil 655 pesos) si el valor de lo defraudado excede las 500, pero no excede las mil UMAs (117 mil 310 pesos) 

—7 a 10 años de prisión y multas de 500 a mil UMAs (58 mil 655 pesos a 117 mil 310 pesos) si el valor de la defraudado excede las mil UMAs 

—5 a 7 años si se venden vacunas falsas contra el Covid-19

Las penas podrían aumentar en una mitad -hasta 15 años- si se ocultan las sustancias farmacológicas, si produce un peligro a la salud, si se induce a suspender o sustituir un tratamiento prescrito por una persona profesional, así como si la persona responsable es un profesional o auxiliar de la salud y se emplean estudios científicos falsos. 

Esto también aplicaría para productos de origen, supuestamente natural, tradicional o herbolario. 

El diputado además propuso modificar la Ley Estatal de Salud en su artículo 12, para que el gobierno del Estado celebre convenios con ayuntamientos para la prestación de los servicios sanitarios e implemente herramientas que permitan prevenir la venta de productos con atribuciones terapéuticas engañosas.

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