Michoacán cuenta primer ‘Protocolo de Actuación Policial’, en seguimiento al decreto por el que se declaró el aislamiento obligatorio en el territorio estatal ante la pandemia del virus del COVID-19.
El acuerdo publicado desde el pasado 23 de abril establece los lineamientos para la actuación del personal policial encargado de vigilar el cumplimiento de dicha medida sanitaria, la cual tiene el objetivo de proteger la salud y la vida de la población.
Esto incluye los supuestos en los que elementos de la Policía Michoacán, de Tránsito y Movilidad, podrán marcar el alto a quienes se encuentren transitando en la vía pública y no acrediten la realización de actividades esenciales.
Una vez que los agentes detecten casos injustificados, se les invitará a retornar a su domicilio y permanecer ahí; si el infractor se rehúsa, se le comunicará que tiene opción a que se le imponga una multa o que realice trabajo en favor de la comunidad.
Si se ubican algún ciudadano que previamente haya sido apercibido de volver a su domicilio sin que atendiera la petición, será remitido al Centro de Aislamiento, lugar donde podrá optar por:
-El pago de diez Unidades de Medida y Actualización (UMAS)
-Trabajo en favor de la comunidad
-Arresto de 12 horas.
Conforme al referido protocolo, en la ejecución de las acciones relativas al aislamiento obligatorio, los elementos deberán:
- Apegar su actuar en todo momento al respeto de los derechos humano
- Poner inmediatamente a la persona detenida a disposición del personal competente, para que proceda al aislamiento en caso de que sea la opción elegida por el renuente a permanecer en su casa o, en el supuesto de que, por tratarse de persona reincidente, proceda directamente el arresto
- Evitar ejecutar en contra de la persona detenida actos de intimidación, discriminación, tortura o cualesquiera otro trato cruel, inhumano y degradante.
Se anexan los links para consultar el Protocolo de Actuación Policial al que hace referencia el presente comunicado:
ACUERDO:
LINEAMIENTOS: