En un avance significativo para la protección del derecho a la identidad de las infancias, el Congreso del Estado de Aguascalientes aprobó una reforma a los artículos 50 y 57 Bis del Código Civil local, con el propósito de garantizar el acceso inmediato y gratuito al registro civil para todos los recién nacidos.
Durante la sesión ordinaria, las y los integrantes de la Comisión de Familia y Derechos de la Niñez de la LXVI Legislatura avalaron por unanimidad esta modificación que permitirá que niñas y niños sean registrados de manera ágil, incluso en casos en los que los padres sean menores de edad o estén imposibilitados para acudir personalmente al Registro Civil.
La iniciativa fue presentada por la diputada Laura Ponce, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, y dictaminada por la comisión que preside la diputada Mirna Medina. También votaron a favor las legisladoras Jedsabel Sánchez, Irma Reza de la Cruz y el diputado Humberto Montero.

Con la reforma, el artículo 50 del Código Civil establece ahora que:
“Toda persona, desde su nacimiento, tiene derecho a contar con nombre y los apellidos que le correspondan, así como a ser inscrita en el Registro Civil respectivo de forma inmediata, ágil y gratuita, y a que se le expida de inmediato y sin costo la primera copia certificada de su acta de nacimiento.”
Además, el nuevo texto del artículo 57 Bis indica:
“En caso de que el padre y/o la madre sean menores de edad y se encuentren físicamente imposibilitados para acudir ante el Registro Civil, los ascendientes maternos o paternos podrán realizar el registro correspondiente del recién nacido, presentando los documentos establecidos en el Reglamento del Registro Civil del Estado de Aguascalientes.”
Esta reforma representa un paso importante hacia la protección integral de los derechos de la niñez, facilitando el acceso a su identidad legal desde el primer momento.
El dictamen fue turnado a la Junta de Coordinación Política (JUCOPO) para continuar con su trámite legislativo correspondiente.