La calidad del agua es un pilar fundamental para la salud pública y la prevención de enfermedades relacionadas con el agua.
En México, como en muchos otros países, se requiere una regulación estricta para asegurar que el agua que llega a nuestros hogares y comunidades sea segura y apta para el consumo humano.
En mayo de 2022, se dio a conocer una actualización crucial en la normativa que regula los estándares de calidad del agua, la NOM-127-SSA1-2021, que reemplazó a la antigua NOM-127-SSA1-1994. Esta actualización, que data de 2000, finalmente entró en vigor el pasado 26 de abril de 2023 con un plazo de un año para hacer las adecuaciones a los pozos y no incurran en una falta grave a la Norma Mexicana..
La provisión de agua de calidad es esencial para prevenir y evitar enfermedades transmitidas por el agua, y la NOM-127-SSA1-2021 es un paso importante en esa dirección. Establece límites permisibles para una serie de parámetros físicos, químicos, microbiológicos y radiactivos, lo que garantiza la calidad del agua suministrada a los consumidores por los sistemas públicos y privados de suministro de agua.
La noticia de la actualización de la norma fue recibida con agrado por el sector ambiental y de la salud, ya que la norma había sido pospuesta desde 2017, cuando el anteproyecto fue aprobado. Sin embargo, los organismos encargados de los sistemas de suministro de agua, tanto públicos como privados, la recibieron con sorpresa y preocupación, ya que requerirán ajustes significativos para cumplir con las nuevas directrices.
Las modificaciones más significativas en la NOM-127-SSA1-2021 se centran en cuatro categorías:
Parámetros Eliminados: Olor y sabor, fenoles o compuestos fenólicos, cloruros (como Cl), sodio y zinc ya no formarán parte de los parámetros regulados.
Parámetros Adicionados: Se han agregado parámetros como níquel, selenio, Giardia lamblia, microcistina-LR, plata total y subproductos de la desinfección, como bromodiclorometano, bromoformo, cloroformo, dibromoclorometano, ácido cloroacético, ácido dicloroacético, ácido tricloroacético, bromatos, cloratos y cloritos, además de formaldehído.
Parámetros con Límites Máximos Permisibles (LMP) Reducidos: Límites más estrictos se han establecido para parámetros como turbiedad, color, fluoruros, nitrógeno de nitritos, arsénico, cadmio, radiactividad alfa total y radiactividad beta total.
Parámetros con LMP Aumentados: Algunos parámetros han visto sus límites aumentados, como nitrógeno de nitratos, bario, mercurio y yodo residual libre.
Estos cambios en los límites permisibles no han sido arbitrarios, sino que se basan en estudios de riesgo para la salud y análisis comparativos con normativas internacionales. La prioridad es garantizar que el agua sea segura para el consumo humano, no solo en términos de sabor y apariencia, sino también en lo que respecta a su contenido químico y biológico.
En caso de que se excedan los límites permisibles, la norma establece procedimientos para el análisis y la remoción de contaminantes, con el objetivo de garantizar que el agua cumpla con los estándares de calidad. Es fundamental que las empresas que suministran agua en México acaten estas nuevas directrices para asegurar que el agua sea segura y saludable para la población.
La actualización de la NOM-127-SSA1-2021 marca un hito importante en la protección de la salud pública en México y garantiza que el agua suministrada a los consumidores cumpla con los estándares más rigurosos de calidad. La seguridad del agua potable es un compromiso ineludible, y esta norma es una herramienta esencial para alcanzarlo.