Pachuca de Soto, Hidalgo.- El acuerdo del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH) para obligar a postular sólo a mujeres como candidatas a alcaldesas en 20 municipios del estado de Hidalgo, fue desechado por el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH).
Lo anterior, al considerar que las reglas emitidas por el órgano electoral se contradicen, carecen de fundamento y mucho menos motivación, en lo que hace a las de jóvenes, mujeres, personas de la diversidad sexogenérica y discapacidad.
El TEEH consideró que el IEEH no fundamentó el acuerdo, pues realiza procedimientos aleatorios sin explicar cómo, además en la integración del listado final pierde de vista que en ciertos municipios no han gobernado mujeres y se aleja de tal parámetro al grado que incluyen otros ayuntamientos que sí han sido gobernados por mujeres.
Sólo prevalece el acuerdo relativo a candidaturas indígenas, debido a la falta de legislación al respecto en la entidad.
Pero el TEEH ordenó al Congreso de Hidalgo legislar al respecto, pues incurre en una omisión, lo mismo que en el tema de jóvenes, ya que no está expreso en la ley.
Ello se determinó durante la sesión de este martes 2 de enero, en el marco del actual proceso electoral donde se renovarán 18 diputaciones por el principio de mayoría relativa y 12 por el principio de representación proporcional, además de los 84 ayuntamientos municipales en Hidalgo
El pasado 30 de octubre, el Consejo General del IEEH aprobó por unanimidad que los partidos políticos, coaliciones o candidaturas comunes deberán registrar mujeres en 20 municipios del estado de Hidalgo y los 64 restantes deberán dividirlos de manera equitativa entre hombres y mujeres.
Los municipios donde necesariamente deberían existir sólo candidaturas a alcaldesa son Atlapexco, Cardonal, Chilcuautla, Huazalingo, Lolotla, Tecozautla y Tenango de Doria, donde además debe haber una persona representante de la comunidad indígena.
Junto con ellos Eloxochitlán, Emiliano Zapata, Jacala, Molango de Escamilla, Omitlán de Juárez, Progreso de Obregón, San Agustín Metzquititlán, Singuilucan, Tepetitlán, Tezontepec de Aldama, Tizayuca, Tlahuiltepa y Tlanalapa.
Respecto a la postulación de personas jóvenes, el Tribunal Electoral le dio la razón al Partido Verde Ecologista de México en el sentido que señala que el acuerdo del organismo electoral es incongruente porque por un lado señala los distritos indígenas, pero por otro, menciona que puede ser o no en un distrito considerado en esa calidad.
En el apartado de discapacidad, para la elección de ayuntamientos, se consideró fundado el agravio planteado por Morena, partido que argumentó que no se incluyen los datos poblacionales de la entidad para tener la certeza de que sólo 14 superan la cifra para tener dos fórmulas.
Respecto a la regla de diversidad sexual, también se le dio la razón a Morena que consideró que se adolece de una indebida motivación, ya que no se advierte cuáles fueron los datos del Inegi para saber cuántas personas hay y entonces justificar porque se debe cumplir sólo en 4 ayuntamientos.
Redacción Ultra Noticias Hidalgo