- Fue invalidada por diez votos contra uno debido a que el Congreso estatal redactó el delito de manera equivocada.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) anuló la reforma penal del Estado de México que buscaba sancionar la difusión de imágenes de cadáveres y otros datos obtenidos en investigaciones criminales ya que encontró inconsistencias en su redacción.
La reforma, conocida como “Ley Ingrid” en referencia al asesinato de Ingrid Escamilla en 2020, fue invalidada por diez votos contra uno debido a que el Congreso estatal redactó el delito de manera equivocada, abarcando una gran cantidad de conductas que pueden ser cometidas por cualquier persona en lugar de enfocarse en los funcionarios que tienen acceso a la información y las filtran ilegalmente.
La Corte no busca prohibir la sanción a la difusión de imágenes de cadáveres, que revictimiza no solo a las personas contra las que se cometió el delito, sino también a sus familias, pero considera que las legislaturas deben ajustarse a la Constitución.
La Ministra Margarita Ríos-Farjat, quien presentó el proyecto, explicó que la reforma viola el derecho humano de seguridad jurídica y el principio de taxatividad en materia penal, y que el delito debía haberse centrado en los servidores públicos en áreas de procuración y administración legal que sin justificación legal usen la información vinculada con los cadáveres de las víctimas, las lesiones que presentan o las circunstancias de su muerte.
La reforma estatal castigaba una cantidad excesiva de conductas, al sancionar al que “audiograbe, comercialice, comparta, difunda, distribuya, entregue, exponga, envíe, filme, fotografíe, intercambie, oferte, publique, remita, reproduzca, revele, transmita o videograbe, imágenes, audios, videos o documentos”.
Además, incrementaba las penas hasta en una mitad cuando las imágenes difundidas fueran de mujeres, niñas o adolescentes. Esta redacción confusa podría haber afectado a periodistas y otras personas que no son funcionarios y que podrían haber enfrentado cargos penales injustos.
La Corte ya había anulado una reforma similar en el estado de Colima en noviembre de 2021 debido a defectos similares en la redacción del delito. Sin embargo, la Ciudad de México y otras entidades han aprobado reformas similares, como la “Ley Ingrid”, en un intento por combatir la violencia de género y proteger la dignidad e intimidad de las víctimas y sus familias.
Estas reformas se limitan a sancionar a los servidores públicos que filtran ilegalmente la información, sin abarcar una cantidad excesiva de conductas que puedan afectar a periodistas u otros ciudadanos inocentes.
La anulación de la reforma del Estado de México ha generado reacciones encontradas, con algunos argumentando que esta decisión pone en riesgo la protección de las víctimas y sus familias, y otros celebrando que se haya corregido una redacción confusa que podría haber afectado la libertad de expresión y el trabajo periodístico.