Pachuca de Soto, Hidalgo.- Entró en vigor la Ley Orgánica de la Administración Pública para el estado de Hidalgo, que además de contemplar la desaparición de la Secretaría Ejecutiva de la Política Pública, otorga atribuciones a la persona titular del Poder Ejecutivo estatal a través de varias dependencias.
Fue la semana pasada cuando el Congreso estatal aprobó los cambios, que incluyen cambios a nombres y con ello a atribuciones a algunas instancias del gobierno de Hidalgo.
Los cambios legales establecen que la o el titular del Ejecutivo estatal puede expida decretos, reglamentos, acuerdos, circulares y otras disposiciones administrativas que regulen el funcionamiento de las dependencias y áreas de apoyo de la administración pública.
También cuenta con atribuciones para constituir comisiones, consejos, comités o coordinaciones, las cuales serán transitorias o permanentes, ya sean intersecretariales, interinstitucionales o consultivas.
Respecto a los cambios de nombre a instancias estatales, Finanzas, Desarrollo Social y Obras Públicas y Ordenamiento Territorial, ahora se llamarán: Hacienda, Bienestar e Inclusión Social y de Infraestructura Pública y Desarrollo Urbano Sostenible, respectivamente.
Se deja el nombre a la Unidad de Planeación y Prospectiva; cuando en la propuesta original, se había solicitado cambiar la denominación por Secretaría del Despacho y la Unidad de Estratégica.
Las secretarías que permanecen con su denominación son: Gobierno, Desarrollo Económico, Medio Ambiente y Recursos Naturales, Agricultura y Desarrollo Rural, Turismo, Contraloría, Educación Pública, de Salud, Seguridad Pública, del Trabajo y Previsión Social, Movilidad y Transporte y la de Cultura.
Con la eliminación de la Secretaría Ejecutiva de la Política Pública ahora el gobernador contará con diversas dependencias de apoyo a sus labores: Secretaría del Gabinete, Despacho de la Persona Titular del Poder Ejecutivo, Oficialía Mayor y Unidad de Planeación y Prospectiva.
Las reformas a la la Ley Orgánica de la Administración Pública para el estado de Hidalgo, señalan que las denominaciones y atribuciones de las dependencias, tienen un diseño alineado de manera estrecha con el gobierno federal, para facilitar las labores de administración y ejecución de acciones.
En un plazo no mayor a 120 días naturales a la entrada en vigor del decreto, se deben emitir los reglamentos interiores, estatutos orgánicos y manuales que sean necesarios para la operatividad de las áreas que conforman
Junto con ello, los recursos humanos, financieros y materiales con los que cuenten, cuya adscripción cambia por disposición o consecuencia los transferirán a la nueva instancia gubernamental en el citado periodo.
Las direcciones generales de administración u homólogos serán las encargadas de coordinar el proceso de transferencia de los recursos citados.
A más tardar el 5 de septiembre del 2027 crearán un organismo encargado de llevar a cabo la ejecución de los concursos y adjudicación de contratos en materia de compra y obra pública del gobierno.
Para ello elaborarán un plan estratégico por parte de la Oficialía Mayor, Secretaría de Hacienda y la Secretaría de Infraestructura Pública y Desarrollo Urbano Sostenible, en un plazo no mayor a dos años a partir de la entrada en vigor del decreto.
Por Daniel Martínez Martínez