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Armenta propone que Anticorrupción defina quién puede hacer obra pública en Puebla

por Juan Pablo De Gante

Paola Macuitl Gallardo (Texto)

El gobernador Alejandro Armenta Mier envió al Congreso local una reforma para que la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno administre los procesos de calificación de contratistas para obras públicas y servicios. La iniciativa modifica los artículos 2, 57, 58 y 68 Bis de la Ley de Obra Pública y Servicios Relacionados con la Misma para el Estado de Puebla.

La propuesta crea una Contraloría dentro de la Secretaría Anticorrupción que fijará los requisitos para calificar a contratistas, laboratorios de pruebas y empresas de control de calidad. Esa área definirá las condiciones para acreditar solvencia económica, técnica y moral, así como la experiencia y especialización de los interesados. Dichos requisitos deberán difundirse en medios oficiales, tanto por la Contraloría como por los Comités de Obra Municipal, según sea el caso.

El proyecto detalla que si una solicitud de inscripción, revalidación o ampliación de especialidades resulta confusa o incompleta, la Contraloría podrá requerir al solicitante que la aclare en un plazo de 5 días hábiles a través de la plataforma y el proceso se suspenderá hasta que se entregue la información, si no se cumple en tiempo, la solicitud se tendrá por no presentada. La Contraloría podrá verificar la veracidad de los datos y, si detecta inconsistencias, deberá negar la calificación y el solicitante quedará fuera de futuros procesos hasta que se resuelva el caso.

Armenta argumenta que la ley ya faculta a la Secretaría Anticorrupción para inspeccionar y auditar el gasto público destinado a obra, así como vigilar que dependencias y entidades cumplan la norma en contrataciones, adquisiciones y control de obras.

Sin embargo, la reforma busca corregir un vacío legal, pues el texto vigente no especifica qué autoridad define los requisitos para obtener la calificación de contratista. Actualmente esa facultad recae en el Comité Estatal de Obra Pública, pero sin claridad en la norma.

De aprobarse, la Secretaría tendrá 60 días naturales, tras la publicación en el Periódico Oficial del Estado, para emitir los nuevos requisitos y condiciones. Además, el gobernador deberá expedir reformas al Reglamento Interior de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno en un plazo de 120 días naturales a partir de la entrada en vigor del decreto.

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