La Ley Electoral actual prevé varios supuestos de nulidad en las elecciones de la presidencia del Poder Judicial, del Tribunal de Disciplina Judicial, así como magistraturas y judicaturas
Gerardo García
Toluca, México.- Luego de concluir los cómputos judiciales, el árbitro electoral y los tribunales electorales atenderán la fase de impugnaciones con la entrega de las constancias de mayoría y declaración de validez.
La Ley Electoral actual prevé varios supuestos de nulidad en las elecciones de la presidencia del Poder Judicial, del Tribunal de Disciplina Judicial, así como magistraturas y judicaturas.
Los recursos se podrán presentar contra los resultados consignados en las actas de cómputo de la jurisdicción respectiva, por nulidad de la votación recibida en una o varias casillas o por error aritmético.
De igual manera, en los resultados consignados en el acta de cómputo estatal por error aritmético, que resulte determinante para el resultado de la elección. Las determinaciones sobre el otorgamiento de las constancias de mayoría y la declaración de validez, por nulidad de la elección.