Se declaró en un Juzgado de distrito en materia de Amparo la inconstitucional la facultad del gobernador para designar notarios públicos que no reúnen requisitos de ley y eso abre la posibilidad de revertir los polémicos nombramientos recientes.
En entrevista para Ultra Noticias, el doctor en derecho constitucional, José Óscar Valdez Ramírez, afirmo que después de la reciente decisión del Juzgado Cuarto del Distrito en Materia de Amparo, de declarar la inconstitucionalidad de la facultad del gobernador para designar notarios que no reúnen los requisitos de ley, esperan que este criterio modifique las sentencias que previamente se emitieron y que mantuvieron en el cargo a los doce notarios que nombró en la recta final de su mandato Eruviel Ávila Villegas, aún cuando no cumplían con todos los requisitos para el cargo, pero se basó en una atribución que hoy ha dejado de ser válida.
El fallo emitido el asado 30 de junio corresponde a un amparo interpuesto por la candidata a fedataria que recurrió los artículos 12 y 13 de la Ley del Notariado, y aunque esté ya fue impugando mediante una apelación del gobierno, esperan que no haya modificación y con ello quede claro que la facultad del Gobernador de designar notarios no es absoluta, por lo que debe respetar los parámetros de la Ley.
Valdez aseveró que era de suma importancia que dicho amparo saliera, porque éste habla de la facultad del gobernador de poner notarios aunque no cumplan con los requisitos y si la apelación no prospera se abre la posibilidad de revertir las doce designaciones que realizó el exgobernador, fundamentándose en el mismo criterio, porque la atribución del gobernador ya no sería válida para haber hecho esas designaciones.
Durante la administración del ex gobernador del Estado de México, Eruviel Ávila Villegas, nombró a 12 notarios bajo los artículos 12 y 13 de la Ley del Notariado de la entidad y, aunque la labor del abogado Valdez junto al juez que está llevando el caso, los notarios derogan que no pueden ser destituidos de sus funciones puesto que, se encontraban bajo ordenamientos legales.
“El que sea notario después de este asunto tiene que pasar por los exámenes, tiene que tener su carta de pasante notarial, de aspirante a notario y debe cumplir con todos los requisitos. Se acabaron los amigos del gobernador”, aseveró el doctor Valdez.
El constitucionalista expresó que “lamentablemente” el tiempo de los colegiados no están establecidos por ley, es decir, pueden tardar tanto 30 días, como 6 meses sin ninguna sanción de por medio, por lo que de momento solo queda esperar y en cuanto se culmine proceder en los otros casos.