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Estas son las cuatro modificaciones al artículo 143 constitucional que impactarán en la UMSNH

por Jannia L. Serriteño

Con 36 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, los legisladores del Congreso del Estado de Michoacán, aprobaron la iniciativa para reformar el artículo 143 de la Constitución Política del Estado de Michoacán de Ocampo.

La iniciativa fue presentada hace meses por el gobernador de Michoacán, Alfredo Ramírez Bedolla, solicitando la modificación de cuatro temas para la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo (UMSNH):

Autonomía
Democratización
Suficiencia presupuestal
Creación de un sistema de pensiones

Con la autonomía, se pretende que la Universidad tenga la facultad y la responsabilidad de gobernarse a sí misma, realizar sus fines de educar, investigar y difundir la cultura de acuerdo con los principios de este Título, respetando la libertad de cátedra e investigación y de libre examen y discusión de las ideas.

También que determine sus planes y programas, fije los términos de ingreso, promoción y permanencia de su personal docente; y administra su patrimonio.

Las relaciones laborales tanto del personal docente como del administrativo, deberán conforme lo dispone la fracción VII del artículo 3o. de la Constitución General de la República.

Con democratización se desea que la Universidad cuente con la participación de la comunidad universitaria en las elecciones de sus autoridades, incluyendo la designación de la persona titular de la Rectoría.

Los candidatos que se postulen a ocupar el cargo de Rector deberán hacer proselitismo ante la comunidad universitaria, compuesta por los estudiantes, el personal administrativo y el personal docente de la Máxima Casa de Estudios del Estado.

Suficiencia presupuestal se refiere a que la máxima casa de estudios cuente con un presupuesto pleno para el desarrollo de sus funciones, el cual debe ser por lo menos el 4.5% del Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de Michoacán de Ocampo, en la lógica, que no podrá ser inferior al otorgado en el ejercicio inmediato anterior.

La Benemérita y Centenaria Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo de acuerdo a la reforma, contará con un sistema propio de pensiones y jubilaciones para el personal docente y administrativo. De la reforma inicial se modificó el sexto transitorio, por lo que el nuevo régimen de pensiones se aplicará a los trabajadores de nuevo ingreso y no a quienes actualmente están laborando.

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