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Ley de derechos de las audiencias ¿medida de transparencia o simple censura?

por Jesús Guerrero

Preocupa que se limite la libertad de expresión 

Los nuevos lineamientos de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, conocidos en el debate público como la llamada “ley de derechos de las audiencias”, se encuentran actualmente en proceso de consulta y han generado una discusión entre quienes consideran que buscan fortalecer la protección de las personas frente a los contenidos de radio y televisión y quienes advierten un posible riesgo para la libertad de expresión. En este sentido, la propuesta de Lineamientos Generales para la Protección de los Derechos de las Audiencias fue publicada por la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) el pasado 24 de julio, mientras que el periodo de consulta pública está previsto del 27 de julio al 21 de agosto de 2026. 

Y es que el planteamiento parte de una idea central: quienes escuchan radio o ven televisión no deben ser considerados únicamente consumidores, sino personas con derechos frente a los contenidos que reciben. Por ejemplo, entre las garantías contempladas se encuentran recibir contenidos que reflejen pluralidad de ideas y diversidad cultural, distinguir entre información noticiosa y opinión, identificar la publicidad frente al contenido editorial, acceder a contenidos sin discriminación y contar con mecanismos para presentar quejas mediante las defensorías de las audiencias, además de condiciones de accesibilidad para personas con discapacidad. Estos derechos, cabe señalar, ya tenían antecedentes en la legislación de 2014, por lo que el proyecto busca recuperar y fortalecer mecanismos que ya habían sido contemplados previamente. 

Con respecto a la polémica, el punto de mayor discusión se encuentra en los límites que puede tener la intervención del Estado sobre los contenidos de los medios. Si bien el gobierno federal y la dirigencia nacional de Morena sostienen que la propuesta no busca censurar, sino establecer mecanismos para garantizar transparencia, veracidad y pluralidad, sectores de oposición han advertido que determinadas facultades podrían abrir la puerta a una intervención indebida de las autoridades. Por ejemplo, durante la discusión legislativa se planteó el temor de que los mecanismos de regulación pudieran utilizarse para intervenir en transmisiones o sancionar contenidos considerados contrarios a los derechos de las audiencias, lo que llevaría el debate más allá de la protección de los usuarios y directamente al terreno de la libertad de expresión. 

A su vez, quienes respaldan la regulación sostienen que no se trata de decidir qué pueden decir los medios, sino de establecer obligaciones frente a sus audiencias y ofrecer vías para que las personas puedan reclamar cuando consideren vulnerados sus derechos. En los conversatorios realizados en el Senado se planteó precisamente la necesidad de encontrar un equilibrio entre ambos principios, debido a que proteger a las audiencias no debería implicar limitar la libertad editorial de los medios, pero tampoco permitir que quienes reciben los contenidos carezcan de mecanismos para cuestionarlos. Pese a que la discusión ha generado posiciones encontradas, la propuesta todavía no constituye una regulación definitiva. 

A final de cuentas, los lineamientos se encuentran en una etapa de consulta pública y, al momento, no tienen efectos jurídicos definitivos, toda vez que pueden modificarse a partir de las opiniones y observaciones que se reciban hasta el 21 de agosto. Por lo que el debate actual no es todavía la aplicación de nuevas sanciones o restricciones, sino la discusión sobre cómo deberán establecerse los mecanismos para proteger los derechos de las audiencias sin afectar la libertad de expresión, una tensión que seguirá siendo central mientras avance el proceso regulatorio.

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