- Este año tras hacer la declaración anual quienes deban pagar impuestos podrán dividir el pago y cubrir deuda hasta septiembre
El Servicio de Administración Tributaria (SAT), informó que las personas físicas que deban pagar impuestos tras presentar su declaración anual del 1 al 30 de abril, podrán cubrir la deuda hasta en seis parcialidades.
El órgano señaló que el beneficio podrá aplicarse siempre y cuando el contribuyente presente su declaración anual en el periodo señalado y realice el pago de la primera parcialidad dentro del mismo.
Se destaca que las parcialidades podrán terminar de pagarse a más tardar el 30 de septiembre de 2024 y que cada una se debe pagar a más tardar el último día de cada mes para evitar el cobro de recargos.
El SAT recordó que las personas físicas obligadas a presentar su declaración anual son las del régimen de Sueldos y Salarios, si tuvieron un solo patrón y dejaron de laborar antes del 31 de diciembre de 2023; si tuvieron ingresos distintos a sueldos y salarios; si tuvieron dos o más patrones; si sus ingresos provienen del extranjero o si rebasan los 400 mil pesos anuales.
Además declaran los contribuyentes inscritos a los regímenes de Servicios Profesionales; Actividades Empresariales; Arrendamiento de Bienes Inmuebles; Enajenación o Adquisición de Bienes; Intereses o Dividendos y el Régimen Simplificado de Confianza.
Para presentar la declaración anual se requiere contar con RFC, Contraseña o e.firma.