Pachuca de Soto, Hidalgo.- Sería delito facilitar cigarrillos o cualquier presentación de tabaco a menores de 18 años de edad o incapaces legales, de acuerdo a la propuesta presentada en el Congreso del Estado de Hidalgo.
La propuesta fue presentada por legisladores locales de Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) y el Partido del Trabajo (PT) presentando la propuesta para reforma al Código Penal del Estado de Hidalgo.
“El proporcionar tabaco para ser consumido por un menor de edad es una problemática latente entre la población mexicana y debe de considerarse como delito penal, puesto al no contar con la capacidad suficiente de razonar, o de darse cuenta de la maldad con que se la está proporcionando el producto con tabaco, se está cometiendo un delito ya que está violando el interés superior de la niñez”.
Lo anterior fue señalado por el diputado local Osiris Leines Medécigo, durante la presentación de la propuesta.
Dijo que a nivel mundial, más de 8 millones de personas mueren al año a causa de los daños causados por el tabaco. De dichas muertes, 1.2 millones están asociadas a la exposición al humo de segunda mano.
El consumo de nicotina puede producir sensación de relajación y de estimulación. Sin embargo, el síndrome de abstinencia y el deseo de consumir nuevamente se manifiestan al poco tiempo de iniciar su consumo.
Entre los principales daños a la salud se encuentran: enfermedad pulmonar obstructiva crónica, neumonías, distintos tipos de cáncer, entre ellos, el de pulmón; algunas enfermedades cardiacas, accidentes cerebrovasculares y enfermedades neurodegenerativas.
Además, el síndrome de abstinencia deja ataques de ansiedad y episodios de depresión, somnolencia y problemas para dormir, tensión, inquietud o frustración, dolores de cabeza, dificultad para concentrarse, incremento del apetito y aumento de peso.
La reforma legal busca proteger a la niñez y evitar que desde edad temprana tenga adicciones, ya que la nicotina genera efectos estimulantes y tiene un alto nivel adictivo.
La propuesta de reforma al Código Penal de Hidalgo, al artículo 267, establece sanciones de tres a siete años de prisión y multa de 20 a 100 días, es decir, de 3 mil 457.4 a 17 mil 287 pesos, respectivamente.
Se le inhabilitará definitivamente para ser tutor o curador, al que procure o facilite la corrupción de un menor de 18 años o de un incapaz, mediante actos sexuales o lo induzca a la mendicidad, ebriedad, toxicomanía, pornografía, tabaquismo o algún otro estado impropio.
Cuando de la práctica reiterada de los actos de corrupción, el menor o incapaz adquiera los hábitos del alcoholismo, tabaquismo, farmacodependencia, se dedique a la prostitución, a realizar conductas delictuosas o a cualquier otro vicio que lesione gravemente su normal desarrollo, la sanción señalada se agravará en una mitad.
Por Daniel Martínez Martínez