De acuerdo al Calendario Oficial de la Secretaría de Educación en el Estado (SEP), esta semana se registró el mega puente esperado, y el más largo del ciclo escolar 2016-2017, que con motivo del Día de Muertos implementaron las escuelas y con el que alumnos de nivel básico disfrutaron de 6 días de relajación.
De acuerdo al Calendario Oficial de la Secretaría de Educación en el Estado (SEP), esta semana se registró el mega puente esperado, y el más largo del ciclo escolar 2016-2017, que con motivo del Día de Muertos implementaron las escuelas y con el que alumnos de nivel básico disfrutaron de 6 días de relajación.
Y es que recordemos que el último viernes de cada mes, se suspenden clases por Consejo Técnico, o sea que a partir del viernes 28 de octubre hasta el 2 de noviembre, los estudiantes de nivel básico en Michoacán no acudieron a clases.
El calendario de la Secretaría de Educación Pública marca como día de asueto el 2 de noviembre, pero en acuerdo con los docentes michoacanos, se negoció que los días lunes 31 de octubre y martes 1 de noviembre no habrá clases, sin embargo esos días los repondrán en el mes de julio.
Cabe señalar que las autoridades le dieron flexibilidad a los docentes para elegir el calendario escolar que más se acomodará a su ritmo laboral, dando clases como mínimo 185 días hábiles o los 200 que marca la SEP.
Las autoridades escolares, entendidas como directores de escuela y supervisores de zona, podrán solicitar a la autoridad educativa local el acceso al calendario de 185 días cuando cumplan con los requisitos establecidos; si no hacen el trámite, deberán apegarse al de 200 días.
El calendario de 185 días no es aplicable para los servicios de educación comunitaria del Consejo Nacional de Fomento Educativo (Conafe), las escuelas de educación normal y demás para la formación de maestros del nivel básico, supervisiones escolares, jefaturas de sector y las áreas regionales o centrales de operación de los servicios educativos.
ANTECEDENTE
Para establecer el calendario de 185 días, las autoridades escolares deberán, en sesión del Consejo Técnico, comprometerse a cumplir con una jornada escolar diaria más amplia que compense, a lo largo del ciclo lectivo, el tiempo equivalente a 15 días de clase, o implementar alguna de las modalidades de compensación de tiempo escolar.
Los lineamientos establecen que las escuelas de educación básica que opten por el calendario de 185 días deberán ampliar media hora su horario de jornada diaria.
Las escuelas que tengan jornadas diarias de 6.5 horas o más y no estén en condiciones de ampliar el horario diario de atención podrán optar por aplicar, durante 15 días, alguna de las tres modalidades que se plantean, como escuela de verano.
También acciones de atención focalizada de alumnos con bajos niveles de logro educativo, así como proyectos innovadores de fortalecimiento de la calidad educativa del plantel, talleres con padres de familia o alumnos; ciclos de conferencias; torneos deportivos o académicos; actividades artísticas y culturales.
Las escuelas con jornadas de ocho horas diarias no podrán aumentar su jornada diaria, sólo aplicar alguna de las anteriores modalidades.
Las sesiones del Consejo Técnico se llevarán a cabo cinco días para la sesión intensiva antes del inicio de cursos y ocho días para las sesiones ordinarias, a realizarse en la última semana de los meses que correspondan en el transcurso del ciclo escolar.
En el supuesto de que la autoridad escolar de alguna escuela, pública o privada, incumpla con las obligaciones previstas en los lineamientos, las autoridades educativas locales deberán dar vista a la instancia de control estatal y determinar las sanciones correspondientes.
La Secretaría de Educación también publicó el acuerdo por el que se expiden los Lineamientos específicos para que las autoridades escolares soliciten autorización para realizar ajustes al calendario escolar, tanto al de 185 como al de 200 días.
Las autoridades escolares podrán proponer ajustes cuando existan razones que lo justifiquen por su contexto cultural, geográfico y/o necesidades educativas propias de la escuela.
También las autoridades educativas locales podrán sugerir a las escolares ajustes al calendario considerando el contexto y las necesidades locales, regionales y estatales. Estas propuestas se denominarán “Calendarios con ajuste preautorizado”.
Los ajustes que se podrán autorizar son: sustituir días efectivos de clase por otros que optimicen el funcionamiento de la escuela y el cumplimiento cabal de la totalidad de días. El calendario ajustado debe conservar el mismo número de días efectivos de clase.