- Estos hechos los perpetró el 28 de mayo de este año en una carnicería del municipio de Tecámac
La Fiscalía General de Justicia del Estado de México (FGJEM) ha obtenido una sentencia de condena de 5 años, 7 meses y 15 días de prisión para Sergio Morales Buendía, en virtud de su participación en el delito de maltrato animal. Los hechos que llevaron a esta sentencia ocurrieron en mayo pasado en el municipio de Tecámac, cuando Morales Buendía arrojó a un canino dentro de un cazo con aceite hirviendo.
Las pruebas presentadas por la FGJEM llevaron a que la Autoridad Judicial dictara esta sentencia en contra del acusado, quien también fue multado con 38,902 pesos y deberá pagar 28,217 pesos como reparación del daño moral al fondo de Protección a los Animales del Estado de México.
El incidente tuvo lugar el 28 de mayo, cuando Sergio Morales Buendía ingresó a una carnicería en el poblado de San Pablo Tecalco, Tecámac, donde agredió verbalmente al dueño del establecimiento, lo amenazó con un arma punzocortante y luego arrojó a un perro dentro de un cazo con aceite hirviendo, causándole la muerte.
La Fiscalía estatal inició una investigación después de que este incidente, captado por una cámara de seguridad y ampliamente difundido en medios de comunicación y redes sociales, se hiciera público. Como resultado de esta investigación, se emitió una orden de aprehensión en contra del acusado.
El 30 de mayo, elementos de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana federal (SSPC) y agentes de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México llevaron a cabo la detención de Sergio Morales Buendía en un domicilio en la alcaldía Coyoacán de la Ciudad de México. Posteriormente, fue trasladado al Centro Penitenciario y de Reinserción Social de Ecatepec, donde enfrentó un proceso legal que culminó con esta sentencia.
El Estado de México cuenta con leyes que buscan garantizar la protección y un trato digno hacia los animales, como se establece en los artículos 235 Ter y 235 Quater del Código Penal vigente en la entidad mexiquense. Estas disposiciones contemplan penas de 3 a 6 años de prisión y multas de 200 a 400 días para quienes causen la muerte de un animal que no constituya una plaga, prolonguen su agonía o les infligan sufrimiento injustificado.
La FGJEM reitera su compromiso con la defensa de los derechos de los animales y la justicia en casos de maltrato animal, buscando que los responsables de tales actos enfrenten las consecuencias legales correspondientes.