Pachuca de Soto, Hidalgo.- Negativas o reserva en la aprobación de registros de candidatos, así como corrimientos en los listados de fórmulas, son algunas de las sanciones hacia los partidos políticos o coaliciones que no respeten las reglas de postulación para la contienda de diputados locales, en cuanto a paridad de género, menores de 30 años, adscripción indígena, personas con discapacidad y de la diversidad sexual.
El consejero del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH), Francisco Martínez Ballesteros, explicó en entrevista para este diario que en todos los acuerdos que validó el colegiado, relacionado a las normas inclusivas y acciones afirmativas, establecen las disposiciones que aplicará el organismo en caso de incumplimiento.
Tras la fase de registros de candidatos a diputados locales, actualmente prevalece el análisis de documentación por parte del personal del instituto, relacionada a 568 fórmulas de mayoría relativa y representación proporcional, además de requisitos legales y constitucionales, acatar con especificaciones en la postulación.
Por ello, IEEH procura en todo momento la validez de los documentales y verifica que en ningún caso, los partidos políticos vulneren el derecho de ciudadanos a ser votados, es decir que en caso de negativas o reservas, realizarán las sustituciones correspondientes y no cancelación de candidaturas.
En caso de faltantes u omisiones en sus inscripciones, el instituto requerirá hasta en dos ocasiones a que las cúpulas o alianzas solventen aquellos pendientes; sin embargo, de persistir el desdén por parte de actores políticos, cada uno de los reglamentos precisa los efectos.
Por ejemplo, si descuidaron la paridad de género, la autoridad electoral identificará los bloques de votación y ajustará las planillas hasta lograr dicha equidad en sus tres vertientes; respecto a la adscripción indígena, reservarán los distritos autóctonos o mixtos con mayor porcentaje de votación y del género que ocasione sesgo.
“Lo que se buscó en las reglas, de una u otra forma, es poder garantizar que pudieran estar en esos lugares, que se buscan representar, dado que las acciones afirmativas tienen la naturaleza de perseguir que personas que históricamente pertenecen a ciertos grupos que les ha sido negado el lugar, puedan tener un acceso”, enfatizó el consejero.
Si los partidos no atendieran lo relativo a personas con discapacidad, negarán el registro a la persona propuesta y reservarán el segundo lugar de la lista A plurinominal, “a fin de que el lugar que eventualmente le correspondería en representación proporcional, se le asigne al partido que siga en prelación, de acuerdo con los resultados de la votación válida”.
Asimismo, si olvidaron la postulación de jóvenes, ya sea por mayoría relativa o en algunos de los dos primeros lugares de la lista A, pero existe postulada una fórmula de menores de 30 años en otra posición, efectuarán el corrimiento al primero o segundo sitio.
Finalmente, ante incumplimiento de acción afirmativa de diversidad sexual, retendrán el tercer lugar del señalado listado.
Por Daniel Martínez Martínez