Pachuca de Soto, Hidalgo.- El Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) resolvió varios recursos legales que coinciden respecto a la restitución de candidaturas indígenas ordenadas al Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH).
En uno de los temas, el TEEH determinó revocar el acuerdo IEEH/CG/075/2024, al evidenciar que fue incorrecta la determinación del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo de reservar las candidaturas de la planilla encabezada por Sury Saray Melo Hernández.
Por lo que la planilla de la candidatura común “Seguiremos Haciendo Historia en Hidalgo”, integrada por los partidos políticos MORENA y Nueva Alianza, deberá ser registrada por el IEEH.
A su vez, el TEEH resolvió en el juicio TEEH-JDC-181/2024, promovido por Gabriela Cardón Jiménez, en contra del acuerdo IEEH/CG/076/2024 del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH).
El registro de Cardón Jiménez fue negado; pero se encontró que el Instituto Electoral había realizado dos requerimientos al Partido Verde Ecologista de México (PVEM) sobre las solicitudes de registro para el municipio de El Cardonal, en los cuales se solicitaba acreditar la pertenencia indígena de diversas personas.
La quejosa no estaba incluida en estos requerimientos, ya que su solicitud de registro, con documentos para acreditar la adscripción indígena, se integró como sustitución después del segundo requerimiento del Instituto.
Tras un examen detallado de los documentos presentados por Gabriela Cardón Jiménez, se evidenció que la localidad de El Cardonal es considerada un municipio indígena y que la ciudadana manifestó ser persona indígena, siendo reconocida como tal tanto por el delegado de la comunidad como por la asamblea de la comunidad en sesión extraordinaria.
Por lo tanto, se considera que Gabriela Cardón Jiménez sí demuestra la pertenencia indígena por lo que de manera oportuna se ordena registrar a la actora como candidata al cargo de presidenta municipal suplente del municipio del cardonal Hidalgo.
También fue revocado el acuerdo IEEH/CG/076/2024, donde se señala la reserva de la planilla de San Salvador al PVEM por parte del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo.
El tribunal determinó que, aunque las 10 solicitudes de registro se autodenominaron como personas indígenas y el IEEH realizó requerimientos al partido para acreditar la autodeclaración indígena calificada de sus aspirantes, solo tres de los accionantes en el juicio estaban incluidos en el requerimiento.
Tras un análisis exhaustivo de los expedientes entregados por los aspirantes, se determinó que ocho cumplían con el requisito de acreditación indígena al haberlo respaldado con diversos documentos.
Por otro lado, dos aspirantes, aunque no presentaron documentación suficiente para acreditar su pertenencia a una comunidad autóctona, no fueron notificados para subsanar dicha omisión, lo que vulneró su derecho de garantía de audiencia.
El IEEH deberá requerir al partido para comprobar la pertenencia indígena de las personas perfiladas, mientras que el resto de las candidaturas deberán ser avaladas de inmediato.
Redacción Ultra Noticias Hidalgo